Multa itv

Me paro la policía local y me pidió toda la documentación el señor policía me puso la correspondiente multa el día 7 de enero por no tener la itv pasada, a pesar de que el día 29 de diciembre fui a llevar el coche y por un piloto no me pasó la inspección pero quedó reflejado en la ficha técnica y en el informe que de dan cuando sales de pasar la ITV, normalmente el plazo que se da cuando sales para la reparación es inferior a un mes, por otro lado yo no soy el propietario del vehículo entonces me he remitido al Real Decreto 2042/1994, de 14 de octubre, por el que se regula la Inspección Técnica de Vehículos el cual (así por lo alto) viene a decir que el titular del vehículo es el responsable de la inspección técnica, y añado también que en el art. 11.2. Si el resultado de una inspección técnica fuese desfavorable, la estación ITV concederá a su titular, para subsanar los defectos observados, un plazo inferior a dos meses, cuya extensión concreta se determinará teniendo en cuenta la naturaleza de tales defectos. El titular del vehículo será directamente responsable de que se repare el vehículo, que quedará inhabilitado para circular por las vías públicas, excepto para su traslado al taller o para la regularización de su situación y vuelta a la estación ITV para nueva inspección.
Por lo cual y como le comunique al agente que yo iba a repáralo para su posterior paso a al itv, (tengo factura de la venta del piloto del mismo día de la denuncia).
¿Mi pregunta es que escrito tengo que hacer en trafico para que me la retiren?
Añado también que el motivo de mi detención fue por que iba hablando con el teléfono móvil y me pusieron dos denuncias, también preguntarte ¿qué se puede hacer con esta? (Aunque la veo más difícil)

2 respuestas

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El problema que me planteas en tu primera cuestión es fácilmente subsanable, deberás realizar un escrito a trafico haciendo constar todas las circunstancias que me cuentas, tal y como lo has expresado en tu pregunta, pero ademas deberás adjuntar fotocopia compulsada de la factura de compra del piloto, y de la ficha de inspección técnica o en su caso documento que acredite que se paso tal inspección, que la misma fue rechaza y la fecha en la cual debería de pasarse nuevamente, siempre y cuando estos documentos te sean beneficiosos, es decir, que la factura sea del mismo día de la multa, tal y como señalas, que el documento de la itv, sea con posterioridad a la fecha de la propuesta de sanción, y ademas si lo tuviera una factura de reparación del mismo día en que pusieron la multa, al objeto de demostrar que después de comprar el piloto procediste a su reparación.
En cuanto a la segunda pregunta no le veo solución alguna, unicamente que no vuelvas a hablar por teléfono móvil, mientras conduces.
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En primer lugar quiero decirte que hay dos tipos de infracciones en la ley de seguridad vial por itv:
1-art 61.3 1A. No haber presentado a la inspección técnica periódica, en el plazo debido, el vehículo reseñado,(esta denuncia recae sobre el titular del vehículo).
2- Art 63.3 1B Circular con el vehículo reseñado cuya Tarjeta de Inspección Técnica se encuentra retenida por la Estación I.T.V.(esta denuncia recae sobre persona que conduzca el vehículo en ese momento).
Aclarado esto, te comento, el tema del tiempo que te da la itv para volver a pasarla es correcto, pero el vehículo como bien comentas solo puede circular para su traslado al taller o a la itv, esta claro que esto es muy relativo, ya que en el momento de tu detención quien te dice a ti que no te diriges al taller a repararlo, esto queda a criterio del agente que el valorando la situación donde se encuentres, la hora y otros indicios como comentas tu lo del faro con la factura de ese día, son realmente los que el agente valorara para dar credibilidad a lo que le cuentas. De todos modos una vez te llegue la notificación a tu domicilio tienes 15 días para recurrir dirigiendo un escrito a la DGT adjuntado todas la pruebas que demuestran que realmente tu intención era la de reparar el vehículo.
Respecto a lo del móvil, es complicado te aconsejo que la pagues antes de quince días y te beneficies del descuento.

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