¿Se pueden tener animales domésticos en el trabajo?

Quisiera saber si es legal llevarse tu animal doméstico al lugar de trabajo diariamente, y más si trabajas en un sitio donde hay más gente o si esto depende de las normas y estatutos de cada empresa o del encargado o del jefe más concretamente.

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El art. 19.1 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Estatuto de los Trabajadores, es de decir:
"El trabajador, en la prestación de sus servicios, tendrá derecho a una protección eficaz en materia de seguridad e higiene".
Cualquier transgresión de la misma, aunque a usted le parezca una nimiedad, es contraria a la Ley, y por razones obvias su mascota, hará sus necesidades, pocas o muchas lo que resultaría irrelevante y puede ser transmisora de cualquier tipo de enfermedad aunque esté vacunada contra todo lo que usted pueda imaginar. Por esa razón, no podrá tener usted su mascota en su casa, porque el lugar de trabajo se convertiría en un zoo, ya que el mismo derecho -supuestamente- tendría usted en llevarse un hamster como su compañero de tener allí una boa constrictor o un cerdo de Vietnam.
Ruego cierre y valore

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