Multa de velocidad y matricula no visible

Escribo porque mi pareja ha recibido una multa por exceso de velocidad aunque soy yo la conductora habitual del vehículo, en la B-30 a la altura de Sant Cugat (Barcelona): ¿Circular a 123Km/h en un tramo a 80Km/h, 200? ¿De multa (140? Si pago en un mes) y retirada de 3 puntos.
He enviado el formulario que se adjuntaba en la notificación poniendo mis datos como conductora del vehículo puesto que soy la conductora habitual del mismo pero todavía no he pagado.
El caso es que en la foto no se distingue la matrícula aunque en la parte superior de la foto sí aparece apuntada. No me pararon para notificarme la multa y como motivo indica "imagen captada automáticamente", aunque la foto fue con un radar móvil, o eso creo (adjuntan un certificado del cinemómetro que pone instrumento: cinemómetro doppler y vehículo: ¿Móvil y estático?).
Mis preguntas son las siguientes:
1.- ¿He de esperar a que me notifiquen a mi la multa para pagar o recurrir?
2.- ¿Tengo alguna posibilidad de recurrir la sanción?
3.- ¿Si se paga en los 30 días siguientes tengo un descuento en el pago. Si espero a que me notifiquen a mi para pagar pierdo el descuento?
4.- ¿Puedo recurrir la multa porque no se ve bien la matrícula?
5.-En la carta pone que como la infracción supone retirada de puntos, según el artículo 77 de la LSV puedo pagar la multa sin que eso implique que no pueda presentar recurso. ¿Qué me aconsejáis que haga? ¿Pago y recurro? ¿Recurro y espero a ver que pasa?

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1.- Y 3.- Debes esperar a que se te notifique la propuesta de sanción a tu nombre. No pierdes el descuento, pues el plazo comienza cuando te notifiquen a ti como presunta infractora.
2.- Y 4.- Si la fotografía no muestra claramente la matrícula de tu vehículo, puedes alegar contra la propuesta de resolución.
El 5º apartado, ni te lo plantees, es tanto como admitir tu culpabilidad y solo vale para dirimir el tema puntos.
Espero haberte aclarado un poco el tema, si no es así no dudes en volverme a consultar, un saludo y no olvides cerrar la pregunta para poder formular otras,
Txema
Muchas gracias Txema por tu respuesta.
Entonces, ¿me aconsejas alegar cuando reciba la multa? El caso es que seguramente deben poder hacer un zoom de la foto o algo porque ellos sí tienen el número de la matrícula, aunque como lo que te envían es fotocopia quizá pierde calidad...
En caso que me envíen la foto donde se vea bien la matrícula, también pensaba en alegar por el margen de error del 10% de estos aparatos y que me consideren el intervalo de sanción anterior (¿140? y 2 puntos).
¿Qué me aconsejas? ¿Crees qué tendré posibilidades de rascar algo?
Muchas gracias de nuevo!
El margen de error en los nuevos radares doppler es menor al 1%, aunque se admite un 3% a la hora de su adquisición por parte de la Administración y esto ya está contemplado en los diferentes baremos de sanción utilizados por la DGT, Mossos y Ertzaintza, siendo los márgenes un 50% menores en el baremo que utilizan estos últimos(País Vasco).
Creo que tu baza es la falta de definición en la imagen captada y por ahí deberías incidir, alegar error de medición sería tanto como admitir tu culpabilidad. Puedes comprobar la fotografía original en la Delegación de Tráfico(Mossos) de tu provincia, sin que ello se considere una alegación, y si no se muestra claramente la numeración de tu matrícula esa es base suficiente para un pliego de alegaciones.
Muchísimas gracias por tu ayuda. Seguiré tus consejos.
Un saludo
Y no olvides cerrar la pregunta para poder formular otras,
Txema

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