Aplazamiento y/o fraccionamiento de la sanción

He dado positivo en un control de alcoholemia (0.33) La denuncia especifica la cuantía de la multa, ¿520 o 364? Por pronto pago, la pérdida de 4 puntos del carné y una sanción de 1 mes de retirada de carné)n Acabo de cambiar de trabajo y necesito el coche para trabajar. Me puedo acoger al aplazmiento de esta suspensión para el mes de agosto, ¿qué estaré de vacaciones o en su defecto fraccionarlo en dos periodos de 15 y 16 días?. ¿Cuándo será efectiva la sanción? Esto ocurrió hoy sábado 23 de Enero a las 00.45. La multa la quiera pagar dentro de los días para beneficiarme de la bonificaci´n del 30 %. Después de pagar qué hago... ¿voy a tráfico y solicito el mencionado aplazamiento y/ fraccionamiento?.

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Tienes que solicitar en Táfico el aplazamiento del cumplimiento por motivos de trabajo y después abonar la denuncia con el descuento, dado que Tráfico ya no retira físicamente el documento y su pago antes de solicitar el aplazamiento podría dar a entender que estás conforme con la sanción y la suspensión empezaría ese mismo día.
Espero haberte aclarado tu duda, un saludo y no olvides valorar y cerrar la pregunta para poder formular otras.
Txema
Me han dicho efectivamente en Tráfico que ya no se retira el documento. Pero que no necesito hacer nada, sólo pagar la multa, antes del mes para beneficiarme del descuento
Sí, pero el fraccionamiento o aplazamiento del cumplimiento de la suspensión tienes que solicitarla y fijar las fechas.
¿Cuándo? ¿Ahora? Dentro de los 15 días de alegaciones. Es que en Tráfico me dijeron exactamente que no tenía que hacer nada y en el departamento de gestión de mults de mi compñía me han dicho lo mismo. Que la retirada del carné no es efectiva desde el 23 de Noviembre por la ley 18/2009. Dw manera que si pago la multa ahora, me beneficio del 30% de descuento, pierdo mis 4 puntos y se cierra el expediente sin la sanción de suspensión del carné de conducir
Si te han asegurado en Tráfico que al pagarla en plazo se anula la suspensión del carnet, adelante, pero no es lo usual dado que el mes de suspensión es una sanción accesoria que no tiene descuento alguno.
El que Tráfico no retire físicamente el carnet de conducir, no quiere decir que no exija el cumplimiento de la suspensión.
No es por pagarla en plazo. Es sólo que con la nueva ley se suprime la sanción de suspensión de la autorización administrativa para conducir. Eso dice la ley. En tráfico me han dicho que cundo pague la multa, me notificarán la pérdida de puntos y que se archiva el expediente puesto que no proceden ya a retirar el permiso.

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