¿Retirada administrativa o judicial?
Si tienes retirado el carnet de conducir por vía administrativa (retirada por puntos, dos multas de velocidad de 6 cada una, cortesía del ayuntamiento de Madrid) y coges el coche por una urgencia y te pillan, las consecuencias (penas, multas, ¿ampliación del periodo de retirada) son igual a día de hoy que en una retirada judicial? ¿Y cuáles son adía de hoy también esas consecuencias?
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Respuesta de triloco
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La única diferencia es que si ya te quitaron el carnet por vía judicial y te pilla es reincidencia. Es decir el primer delito te condenan a privacidad de carnet etc.. y el segundo es incumplimiento de condena.. con lo cual te condenan a pena de prisión que al tener antecedentes (el primer delito, de cuando te quitaron el carnet) tienes que cumplir, aunque sean 6 meses. En cambio si es por perdida de puntos y es por sanción administrativa y no judicial, no es delito, con lo cual no tienes antecedentes, y al ser la pena menor a 2 años de prisión, no la cumples. No se si me explique bien. - juan meaños