Recurrir multa que está al lado de un vado

Estaría muy agradecida, si pudieras contestarme.

El pasado diciembre estacioné el coche en un aparcamiento que está entre dos vados. Es un aparcamiento que siempre está ocupado al ser el único que no está pintado. (La zona entera es zona azul y verde).
Mi coche No ocupaba ni parcial ni totalmente ninguno de los vados, y sin embargo me han multado con 200 euros por esa misma causa.
Le he hecho fotos al lugar, pero con otro coche, porque como he dicho es difícil encontrarlo vacío. Sé que es mi palabra contra la del controlador, pero existe posibilidad de que si recurro, ¿gane?

4 respuestas

Respuesta
1

Antes de de poder contestarte correctamente necesito que me aclares una duda, ¿la denuncia te la puso un Policía municipal o un controlador tipo zona azul? Pero en la respuesta necesito que mires bien la denuncia, es decir, es muy importante saber si el numero que aparece como denunciante en el boletín saber si pertenece a un agente o a un trabajador de una empresa, subcontratada por el ayuntamiento para estas tareas.

No se si me explicado bien.

Me la puso un controlador.

He leído que en Madrid la palabra de un controlador prevalece sobre un civil, pero en Pozuelo de Alarcón, que es donde sucedió, no lo sé.

Sé que si recurro, no podré beneficiarme del descuento del 50% que hay si pago en los próximos 20 días, por eso tengo la duda de si merece la pena recurrir.

gracias!!

El motivo de preguntarte a quien pertenece la firma de la denuncia es muy fácil, aunque creas que la firma de un controlador prevalece a la de un ciudadano, eso no es cierto, la ley de seguridad vial es muy clara en ese aspecto, "los agentes de la autoridad tienen presunción de veracidad en las denuncias de trafico" LOS AGENTES DE LA AUTORIDAD, ni controladores, etc. si estas segura de que la firma es de un controlador y no de un agente, si vale la pena recurrirla, pidiendo que la persona que ha realizado la denuncia, ya que no es un agente de la autoridad, aporte las pruebas por las cuales eres denunciada, y pidiendo que en el caso contrario anulen por que no hay ninguna prueba que confirme tu infracción recordando que solo las denuncias realizadas por los agentes de la autoridad tienen presunción de veracidad.

Por eso es muy importante saber a quien pertenece el TIP de la persona que denuncia, y que no te encuentres que aunque haya sido un controlador, la haya firmado con el TIP de un agente (ya se que es ilegal, pero en algunos municipios soy conocedor de que lo han hecho).

Yo primero iría al ayuntamiento a confirmar si hay algún agente de la policía municipal con ese tip y si te dicen que no, la recurriría. Si te dicen que si hay un agente con ese TIP no hace falta recurrir, es perder el tiempo.

Respuesta
1

Respecto a su pregunta posibilidades existen de victoria aunque no se puede asegurar nada. Se tendría que ver el expediente administrativo donde deben aparecer fotografías del incidente y ver otros elementos como la notificación correcta y fehaciente, u otros extremos que por ahí pudiera salir positivo el recurso. Si bien es cierto y entendemos que aún está por la vía administrativa Ud deberá pagar la multa en un primer instante para evitar demora y luego en cualquier caso se solicita la devolución de la misma. En caso de existir fin a la vía administrativa se deberá consignar el dinero en el Juzgado.

Espero que le haya ayudado. Si tiene cualquier duda puede
contactar
conmigo en el 610.941.077 o en [email protected]. y le doy
presupuesto. Actúo en Barcelona, y en todo el territorio español.



Ruego finalice la pregunta, y se ponga en contacto conmigo. Recuerde que esto
no es un asesoramiento ya que carezco de documentación, argumentos y
hechos para realizar un asesoramiento dentro del marco legal



Reciba un cordial saludo.


Marc.
Abogado

Respuesta
1

El problema de recurrir o no las multas, es que son contadas las ocasiones en las que se da la razón al recurrente, aunque la tenga.

Me explico:

Usted puede interponer recurso contra la multa, dentro del plazo correspondiente.

Si paga, sin recurrir y lo hace antes de que transcurra el plazo que le dan para pagar con descuento, se beneficiará de este "pronto pago", pero no podrá recurrir.

Si desestiman el recurso, puede (no es obligado) y prácticamente con toda seguridad, también será desestimado.

Con este segundo recurso, se termina la vía administrativa y solo queda la judicial.

En la vía judicial, hay que comparecer con abogado y procurador. Eso significa que hay que pagar, antes de recurrir, y sin tener ninguna certeza de que, finalmente, se vaya a estimar el recurso, con lo cual ejercer su derecho de defensa ante la administración le habrá supuesto una cantidad muy superior a lo que inicialmente hubiera debido pagar.

Está en su mano decidir que hacer. Por una parte yo le aconsejaría pagar, beneficiarse del descuento y olvidarse cuanto antes del asunto, pero por otra parte, veo totalmente injusto este sistema.

Por si finalmente se decidiera a recurrir: ver como recurrir ante la administración

Respuesta
1

Sin conocer el caso concreto, es complicado indicarle, pero si quiere recurrir, ha de solicitar la aportación de pruebas y la ratificación del agente sancionador... Esto no le permite pagar con reducción... En cuanto a posibilidades de ganar, nadie le puede garantizar que gane, pero si usted esta segura, puede intentar recurrir.

Si lo desea, puede encontrar información de nuestro servicio de gestión de multas en http://www.abogadosedo.es/Multas.html

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas