Zona azul, ¿Puedo recurrir más de una vez?
Tras recurrir una denuncia de Zona Azul en Sevilla, por no estar refrendada por la Policía Local, sino simplemente llevaba las firmas de 2 controladores ORA, han desestimado la resolución, alegando que: "Los controladores encargados de vigilar el cumplimiento de la Ordenanza Reguladora de Aparcamientos ORA no tienen la consideración de Agentes de la Autoridad, sin embargo, sí son considerados colaboradores de la administración cualificados que realizan su función con profesionalidad y cooperan con ella en cuanto que forman parte de la plantilla de personal de un concesionario de Aparcamientos Urbanos, el cual actúa como delegado del Ayuntamiento para la racionalización de las plazas de aparcamiento, velando en definitiva por la gestión de los intereses públicos"
En la respuesta al recurso aparecen como medios de impugnación al aparecer como definitiva en vía administrativa, podré interponer recurso de reposición ante el alcalde en el plazo de un mes, según los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de RJAP y PAC (BOE Nº 285 DE 27/11/1992). Así mismo indica, que también podré interponer directamente y en el plazo de dos meses, recurso contencioso-administrativo.
¿Podría recomendarme cómo actuar? ¿Qué formularios utilizar? ¿Pago la multa en el plazo de 15 días?
Si pago la sanción para evitar recargos y demás problemas, ¿puedo recclamar después?
En la respuesta al recurso aparecen como medios de impugnación al aparecer como definitiva en vía administrativa, podré interponer recurso de reposición ante el alcalde en el plazo de un mes, según los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de RJAP y PAC (BOE Nº 285 DE 27/11/1992). Así mismo indica, que también podré interponer directamente y en el plazo de dos meses, recurso contencioso-administrativo.
¿Podría recomendarme cómo actuar? ¿Qué formularios utilizar? ¿Pago la multa en el plazo de 15 días?
Si pago la sanción para evitar recargos y demás problemas, ¿puedo recclamar después?
1 Respuesta
Respuesta de westerlondon
1
@si en las alegaciones realizadas, le pedí la ratificación de la denunciante que solo era una persona, homologación y verificación de la pda, fotografías que no aportaron en su día cuando la denuncia,mas de 4 años sin contestar al escrito de alegaciones y ayer día 13 -11- 2017 recibo notificación de embargo por el valor de la denuncia zona azul.esto es legal. - Francisco Garcia Rus