Dar apellidos a hija de inmigrante sólo tutelada

La pregunta creo que es de nota.
Intento ayudar a unos amigos, ella es de nacionalidad marroquí y reside en España de forma legal. No está casada (tiene pareja de hecho española). Tiene una hija tutelada (no adoptada) que ahora ya es mayor de edad pues tiene 18 años. Esta niña solo lleva en España 5 años (no regularizada) cuando creo que son 10 los que se precisan.
Mi amiga quiere darle sus apellidos a esta hija tutelada. ¿Es posible? ¿Cómo puede hacerse?.

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Supongo que tu amiga tiene la tutela de la niña porque era menor desamparada o sus padre murieron. En este caso, la tutela se extingue automáticamente cuando ella cumple lamayoría de edad, por tanto no puede hacer nada, a menos que la adopte. Como ya ha tenido su tutela cuando era menor, puede adoptarla, aunque ya se mayor de edad. En este caso podría pasar sus apellidos a ella, pero desconozco el tiempo que tarda este proceso, porque me dedico a extranjería exclusivamente. Antes de todo esto, la chica, llevando aquí en España 5 años debería solicitar su residencia por arraigo.
Suerte.
Hola, gracias mil, vas perfecto.
Efectivamente la menor estaba desamparada, lo que no te mencioné es que la resolución tutelar es de marruecos. ¿Se puede adoptar una persona mayor de edad? ¿Con cinco años ya se puede pedir la nacionalidad? ¿Dónde se tramita todo?
Espero no agobiarte con tanta pregunta y gracias por darme norte, que es mucho.
Sí, se puede adoptar si antes se prueba que ha estado acogida o tutelada por el padre adoptivo. Si la sentencia de tutela es de Marruecos habría que legalizarla en España y lo más probable es que necesite pasar por el exequator, un procedimiento para que tenga los mismos efectos legales en España. Después de esto es cuando se podría empezar el proceso de adopción aquí.
La nacionalidad de los que hayan tenido asilo o refugio en España se adquiere después de 5 años. No es el caso. La chica debería estar 10 años aquí legalmente para después pasar a tener la nacionalidad espñaola. Pero hay una buena noticia: si tu amiga adopta a la chica, como me dijiste que era pareja de hecho de un español, él puede darle derecho a la chica a la tarjeta de residencia comunitaria y ya estaría legal con privilgios similares a los españoles, porque la tarjeta dura 5 años y puede trabajar y lo que quiera.
La nacionalidad española la puede tramitar en el registro civil de su localidad cuando cumpla los 10 años de residencia legal. Si laadopta la pareja de tu amiga, que es español, ella automáticamente pasaría a ser española.
Como te dije, no soy experta en adopciones, pero espero que lo puedan aclarar ellos con el registro civil

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