La Unión Europea, siguiendo el consejo del Comité Científico Director, se basó en
ICNIRP para elaborar la Recomendación del Consejo Europeo relativa a la
exposición del público en general a campos electromagnéticos (0 Hz a 300 GHz),
1999/519/CE, publicada en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas en julio
de 1999. Su objetivo es únicamente prevenir los efectos agudos (a corto plazo)
producidos por la inducción de corrientes eléctricas en el interior del organismo,
puesto que no existe evidencia científica de que los campos electromagnéticos estén relacionados con enfermedad alguna.
Tras establecer diversos factores de seguridad, el Consejo de la Unión Europea
recomienda como restricción básica para el público limitar la densidad de corriente
eléctrica inducida a 2 mA/m2 en sitios donde pueda permanecer bastante tiempo, y
calcula de forma teórica unos niveles de referencia para el campo electromagnético
de 50 Hz: 5 kV/m para el campo eléctrico y 100 µT para el campo magnético. Si
el nivel de campo medido no supera este nivel de referencia se cumple la restricción
básica y, por lo tanto, la Recomendación; sin embargo, si se supera el nivel de
referencia entonces se debe evaluar si se supera la restricción básica.
Las líneas eléctricas aéreas de alta tensión no generan un campo magnético superior a 100 µT, incluso en el punto más cercano a los conductores. Sin embargo, en circunstancias muy determinadas sí puede haber un campo eléctrico por encima de 5 kV/m justo debajo de los conductores de algunas líneas de 400 kV; sin embargo, el campo eléctrico es detenido por paredes y techos, por lo que sería prácticamente nulo en el interior de un inmueble.
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