Un trabajador puede denunciar a la empresa ante la Inspección de Trabajo, aunque que el trabajador denuncia a la empresa no implica que se abra una actuación por parte de la Inspección de Trabajo, puesto que ésta tiene la potestad de decidir.
Las Inspecciones de trabajo normalmente se inician por 2 vías:
- De oficio por la propia administración
- Por denuncia de un trabajador o alguna parte implicada, aunque aquí la Inspección decide si inicia actuaciones o no.
- Por denuncia de la representación legal de los trabajadores, aquí la Inspección también decide si iniciar actuaciones.
Aunque usted haya llegado a un acuerdo con el trabajador y éste retire la demanda, no quiere decir que la Inspección de el tema por cerrado, por lo que si la Inspección lo considera oportuno le puede abrir actuaciones.
Hola. Ojalá pueda contestarme. En caso de Determinación de Contingencias pasa lo mismo? O sea, se puede desistir del trámite y que el INSS e ITSS denieguen este desistimiento? Gracias - Milagros Marquez