Respecto a la indemnizacion correspondiente a la de la finalizacion de un contrato temporal se establece lo siguiente: A la finalización del contrato, el trabajador tendrá derecho a recibir una indemnización de cuantía equivalente a la parte proporcional de la cantidad que resultaría de abonar doce días de salario por cada año de servicio, o la establecida, en su caso, en la normativa específica que sea de aplicación. Para los contratos suscritos a partir de 18 de junio de 2010, la indemnización será de doce días de salario por cada año de servicio según el siguiente calendario:
- Ocho días de salario por cada año de servicio para los contratos temporales que se hayan
- celebrado hasta el 31 de diciembre de 2011.
- Nueve días de salario para cada año de servicio para los contratos temporales que se hayan celebrado a partir del 1 de enero de 2012.
- Diez días de salario para cada año de servicio para los contratos temporales que se celebren a partir del 1 de enero de 2013.
- Once días de salario para cada año de servicio para los contratos temporales que se celebren a partir del 1 de enero de 2014.
- Doce días de salario para cada año de servicio para los contratos temporales que se celebren a partir del 1 de enero de 2015.
- Por lo tanto si tu as finalizado un contrato inferior a un año de duracion la empresa te tiene que abonar la parte proporcional de los meses trabajados hasta su finalizacion, en tu caso son 10 meses de indemnizacion.
- http://www.empleo.gob.es/es/informacion/contratos/contenidos/obraoserv.html