Imputación renta inmobiliaria por herencia. IRPF
Ante todo gracias por leer la pregunta que voy a lanzar.
La duda seria saber que pasa en aquellos casos de inmuebles que pasan de padres a hijos. Donde la aceptación de la herencia se hace pasados unos años del fallecimiento de los padres.
Ejemplo... Si el fallecimiento del progenitor es en 2010 y la aceptación de la herencia se realiza este año. ¿Qué ocurre con los ejercicios que no se ha declarado el bien inmueble? Se debe realiZar la correspondiente imputación en la renta del 2014... Pero y los años anteriores que no se hizo porque todavía no se era propietario... ¿ocurre algo con esas declaraciones anteriores?
Espero haber descrito mi duda correctamente y que podáis aclararme la cuestión.
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Respuesta de Ajc Asesor Fiscal