Imagino que la falta de respuestas a tu pregunta, hasta ahora, viene motivada por la falta de datos que nos aportas, porque no se puede responder un rotundo sí o no a tu pregunta. Como en muchas ocasiones, en temas de custodias, depende. El hecho en sí de un cambio de domicilio, no tiene por qué implicar un cambio en la guarda y custodia, siempre y cuando las circunstancias de los menores, con respecto al otro progenitor, no cambien. Dependerá de lo lejos que esté la ciudad donde actualmente resides de la nueva residencia; si implica un cambio de colegio para los menores; si implica que el régimen de visitas con el otro progenitor se vea interrumpido o se dificulte ... Quizá te pueda ayudar leer este artículo de mi blog http://psicoforensebcn.drupalgardens.com/content/cambio-de-domicilio-y-cambio-de-custodia. Para cualquier otra consulta, no dudes en ponerte en contacto conmigo.