Por favor !Querría me enseñara un modelo de contrato de arrendamiento de vivienda 2014

Estoy buscando por internet modelos de contratos de este año pero no se si serán legales o no si me hiciera el favor y me pasase por aquí el modelo de contrato o me dijera la página web para hacerlo por favor!.

¿

¿También si yo hago el contrato no pasaría nada o tiene que hacérmelo una gestoría?

¿Cuándo acabe este 2014 tengo que hacer otro contrato?

¿Y si usted podría detallarme resumidamente cuales son mis derechos como propietaria de la vivienda?

Respuesta

En este enlace tiene varios modelos válidos:

https://sites.google.com/site/papeleosalquiler/ 

- Un contrato hecho por un particular tiene la misma validez que el hecho por una inmobiliaria.

- Los contratos se renuevan cuando vencen. El plazo de vencimiento "mínimo" para contratos de vivienda habitual es de 3 años, pero se puede acordar una duración mayor (nunca menor, ya que no sería válido).

- Por cuanto a sus derechos y obligaciones le recomiendo estos enlaces:

En cualquier caso, encargar a un Abogado o Técnico Inmobiliario la redacción de un contrato no debe superar los 50-70€, por lo que si tiene dudas le recomiendo que contacte con un profesional de su zona.

Suerte.

1 respuesta más de otro experto

Respuesta

Estimada Aurora,

Ya que pide consejo, le aconsejo desde mi humilde punto de vista: descarte rotundamente los contratos de alquiler que pueda encontrar por internet y este tipo de formularios. No sólo porque pueden estar desfasados y ser anteriores a la modificación de la Ley de Arrendamientos Urbanos, sino porque aunque estén actualizados, pueden (y seguramente sea así) no contemplar algo que en su alquiler concreto es fundamental o contener aspectos que, en su alquiler concreto, no viene a cuento.

Puede parecer una tontería, pero un contrato de alquiler de internet o hecho sin conocimiento puede darle muchos quebraderos de cabeza por la sencilla razón de que lo que se contiene en él, se firma, y lo que se firma, es vinculante, y pueden luego demandarla por ello.

Por tanto, y sin ánimo de ser corporativista, encargue la redacción del contrato a un abogado o, en su defecto a una gestoría. Hablamos de unos pocos euros que pueden evitarle muchos problemas futuros.

Por otro lado indicarle que no es necesario hacer un contrato cada año, sino que en el mismo contrato se debe indicar que el mismo se prorroga anualmente si ninguna de las partes decide rescindirlo.

Le facilito nuestros datos para que, sin compromiso, nos contacte y le atenderemos personalmente:

951 71 50 41

www.lariosabogados.es

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas