Finalización contrato arrendamiento

Espero encontrar un poco de luz en esta página, pues estoy un poco desesperado... El
caso es que estoy de arrendatario en un piso desde hace 3,5 años. Me quiero
mudar y he visto un piso donde ya he dado el "sí" y donde voy a ir a
vivir el día 1 de abril. En el contrato del piso actual dice que debo avisar
con 2 meses de antelación, lo he estado intentando (teniendo en cuenta que
pagaré abril aun sin vivir ya en el piso), pero no encuentro al casero de
ninguna forma... Su teléfono no existe, no vive en la dirección que figura en
el contrato, en el banco no se han podido poner en contacto con él y en la
inmobiliaria, la socia que llevó el alquiler se fue y no tienen su teléfono.

He pensado en enviarle un burofax comunicándole que no he podido contactar con él,
que me voy el 30 de abril. Si no lo recibe (obviamente no lo va a recibir, pero
no tengo otra dirección) iré el viernes al juzgado a poner una demanda, puesto
que tiene una fianza de 3 mensualidades y tampoco quiero que luego me reclame
más meses por no haber demandado.

Mis dudas, por lo tanto, son:
- ¿Está bien pensado lo del burofax? ¿Qué escribo en él?
- He pensado en no pagar la mensualidad de abril, puesto que me han dicho que es
mal pagador y se podría descontar de esa fianza.
- ¿A quién le doy las llaves?

Otra opción sería esperar a no pagarle abril y cuando lo vea, él se preocupará de
venir, pero para eso serán ya mediados de abril y no puedo empezar los dos
meses de preaviso tan tarde.

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Debe verificar que se puede marchar "en cualquier momento preavisando con 2 meses de antelación sin tener que indemnizar al casero" (cosa poco habitual). Lo habitual (y lo que dice la Ley de Arrendamientos Urbanos) es que el inquilino se puede marchar -preavisando- en cada vencimiento anual.

Aclarado esto, compruebe que no le pueden reclamar 6 meses de arrendamiento (los que faltan para completar el ciclo en curso).

Tiene en este enlace información al respecto:

http://blog.enalquiler.com/2012/el-alquiler-en-los-tribunales/dejar-piso-alquiler-antes-de-tiempo/

Respondiendo a sus preguntas:

- Puede poner en el burofax que se marcha en determinada fecha (2 meses después) y que entregará las llaves al casero en esa fecha en la vivienda, y que le acompañará para inspeccionarla y firmar el "fin de contrato y entrega de llaves". Tiene un modelo en este enlace:

https://sites.google.com/site/papeleosalquiler/modelo-fin-contrato-arrendamiento

- Respecto a "no pagar un mes": la Ley no lo permite (y le podrían demandar por ello). Pero también es cierto que si su contrato le permite marcharse en cualquier momento y deja el piso en buenas condiciones, entonces se podría descontar el mes de la fianza.

- Lo de las llaves: espere noticias después de enviar el burofax (que se me ocurre que lo puede enviar a donde el banco envíe la correspondencia del titular de la cuenta de pago). En cualquier caso, enviado el burofax, el casero debe pasar a recogerlas (si no lo hace guárdelas un tiempo).

Lo del impago sería buena opción (ya el casero se preocuparía de localizarle a Usted), pero no se lo recomiendo por plazo de preaviso y por ser una medida "agresiva".

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