En el Catastro figuran los trasteros de dos pisos intercambiados. ¿Qué trámites son necesarios para solucionarlo?
Veréis, voy a heredar de mis padres un piso en un edificio de tres plantas, en cada una de las cuales hay una sola vivienda, con lo cual, en la cuarta planta (que es la terraza) hay tres trasteros (primero, segundo y tercero, ó derecha, centro e izquierda mirándolos de frente).
Se trata del tercer piso, y en la escritura del mismo (de hace ya 33 años) figura como trastero correspondiente el del centro (o el segundo), y que éste tiene 12 metros cuadrados, perfectamente descrito indicando que a ambos lados están los otros trasteros, y detrás el patio de luces.
Efectivamente siempre hemos disfrutado del trastero central, pero ahora es cuando empiezan las incoherencias:
1- Resulta que este trastero central tiene 48 metros cuadrados, cuando en la escritura figuran 12, y los otros dos trasteros tienen aproximadamente 20 metros cuadrados cada uno. Toda la vida, tanto nosotros como los otros dos vecinos han asumido que esto es así. (El segundo piso ahora está vacío, propiedad de un banco)
2- En el Catastro figuran en orden, primer piso, trastero uno; segundo piso, trastero dos; tercer piso, trastero tres, y además, figuran las medidas correctas, siendo el central el más grande (con 48 metros cuadrados).
Mi pregunta es: ¿Qué trámites tengo que seguir para que en el catastro figure como trastero correspondiente al piso 3º el central? (Es decir, el que figura en la escritura y hemos disfrutado toda la vida). ¿Podría tener algún inconveniente al indicar en la escritura que el trastero central es de 12 metros cuadrados en vez de los 48 que en realidad tiene?
Mi miedo es que en un futuro venga un nuevo vecino al segundo piso y crea que le corresponde el trastero central, tal y como figura en el catastro.