Dudas en instalación eléctrica básica para sacar la cédula de habitabilidad de una casa antigua comprada con cédula exonerada

En primer lugar os pongo en antecedentes.

Hace un par de años compré una casa antigua en un pueblo exonerada de cédula de habitabilidad. Tenía tres años de plazo para sacar la cédula, el tema es que por razones de trabajo no me he podido dedicar a ella y ahora ya han pasado dos años y es imprescindible que lo haga antes de un año.

La cédula se exoneró simplemente por defectos en la instalación eléctrica y la instalación de agua ya que, antes de comprarla yo, la casa quedó abierta y por lo visto alguien se dedicó a arrancar parte de las instalaciones. Es una casa antigua pero el arquitecto la estuvo revisando y en su opinión estructuralmente esta muy bien (paredes, suelos, bigas, tejado, etc... Todo correctos), mi intención sin embargo es reformarla porque es muy antigua (cambiar suelos, repicar paredes de piedra y dejarlas en piedra vista rejuntada, tirar algún tabique, renovar cocina y baño, renovar instalaciones de agua, luz etc...). Todo obras menores, vaya.

Hasta ahí todo correcto. Mi problema es que todas estas reformas las tengo que ir haciendo poco a poco y me van a llevar más tiempo del que tengo para presentar la cédula.

La pregunta que quería hacer es referente a la instalación eléctrica. Como os he comentado la casa tiene la instalación eléctrica vandalizada, falta parte de la instalación y la parte que se ha salvado es muy antigua. En resumen, poco se puede aprovechar de ella y me sale más a cuenta hacerla nueva.

El tema es que para sacar la cédula al parecer (?) No es necesario tener el boletín ni tampoco una instalación que cumpla la normativa REBT 2002, de hecho no es necesario ni siquiera que este dada de alta la luz. ¿Los requerimientos para la cédula en lo que respecta a la instalación eléctrica (y en el resto de temas también) son mínimos ya que la casa es antigua y (si no estoy equivocado...?) Simplemente tiene que tener una instalación interior que cumpla con unos requisitos muchísimo más simples que los que hay que cumplir para obtener la cédula en casas modernas o la que hay que cumplir para dar de alta la luz sacando boletín, etc... Os hago un corta y pega de lo que dice respecto a la instalación eléctrica la normativa de cédulas de habitabilidad (Decreto 141/2012 de la Generalitat de Catalunya, Anexo II, "Condiciones mínimas de habitabilidad de las viviendas preexistentes construidas antes del 11 de agosto de 1984"):

"... 6.3 Si la vivienda está situada en un núcleo urbano, o tiene la posibilidad de estar conectada a una red exterior de suministro de energía eléctrica con condiciones económicas similares a las de una vivienda situada en el núcleo urbano, tiene que disponer de una instalación interior de forma que:

a) Tenga un punto de luz con interruptor independiente en cada pieza.

b) Tenga un enchufe para cada aparato de equipo obligatorio.

c) Tenga dos enchufes en la sala y en la cocina, y uno en las habitaciones. En caso de que la sala contenga el equipo de cocina, tiene que disponer como mínimo de cuatro enchufes.

d) No implique un riesgo para las personas ni perturbaciones en el funcionamiento normal de otras instalaciones.

e) Disponga, como mínimo, de un interruptor de control de potencia (ICP)..."

Podeis consultar la normativa aquí

Como veis una instalación como la que describe es extraordinariamente simple. Naturalmente mi intención, una vez solucionado el tema de la cédula, es hacer una instalación como dios manda según normativa, sacar un boletín, dar de alta la luz, etc... Pero de momento lo que me apremia es sacar la cédula antes de un año (estoy obligado a hacerlo) y como la reforma general de la casa va a tardar bastante más no me gustaría tener que hacer la instalación definitiva ahora, entre otras cosas porque la casa una vez acabada va a cambiar mucho (distribución de las estancias, acabado de las paredes en piedra vista después de repicar el yeso y cemento, etc...). Además para hacer las obras de momento no necesito luz porque para la maquinaria tengo un generador y, una vez solucionado el tema de la cédula, tengo todo el tiempo del mundo para ir haciendo las reformas porque yo no tengo ninguna prisa para ir a vivir allá. Mi idea por lo tanto seria hacer ahora la instalación básica que aparentemente se pide para la cédula de manera provisional y luego ir haciendo la definitiva según normativa a medida que vayan avanzando las obras y decida por donde quiero pasar los cables, donde poner los elementos, etc...

Mis preguntas son. ¿Realmente es necesario simplemente esta instalación tan simple para obtener una cédula de una casa antigua a la que no se la quiera dar de alta de luz? En caso que sea así, ¿podría hacer esta instalación simple usando como conductores cable manguera en superficie sujetos a las paredes con grapas? Si fuese eso factible mi intención seria hacerla así, obviamente con los empalmes con regletas en cajas de empalme, gruesos de cables según REBT 2002, interruptores y enchufes de superficie según normativa, varios circuitos, etc... Es decir, hacerlo de manera que me costase barato y fuese lo más rápido de hacer pero, a la vez, tuviese un mínimo de condiciones y pudiese después, una vez arrancada esta instalación provisional y substituida por la definitiva, aprovechar parte de los materiales exceptuando el cable. En resumen, me interesaría poder hacer lo mínimo con el mínimo gasto para poder solucionar el tema de la cédula y empezar la reforma.

Bien, esto es todo, disculpad por el mensaje tan largo y muchas gracias de antemano por vuestras respuestas.

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Carlos tiene razón yo pondría una instalación flotante por el techo con soportes hasta cada una de las estancias, pero con materiales que luego puedas reutilizar según normativa porque, si pones manguera luego no la podrás reutilizar en la nueva instalación, dudo mucho que aprueben una instalación con manguera.

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Según me parece si lo haces de superficie como tu dices pienso que no debía de haber problema eso si recuerda poner protección diferencial y magnetotermica que puedes utilizar cuando renueves

Muchas gracias Carlos,

Si, si, mi intención es poner ya ahora el cuadro que usaré en la instalación definitiva, con su ICP, magnetotérmico general, diferencial y magnetotérmicos para cada circuito. Eso si, el cuadro tendrá mucho espacio sin usar porque la instalación definitiva va a tener que tener bastantes circuitos (la casa mide más de 160 m2 y la instalación la tendré que hacer según las especificaciones del REBT para electrificación elevada). 

Esta instalación provisional para sacar la cédula seria simplemente una instalación muy reducida en lo que respecta a cantidad de componentes y extensión y con la particularidad de usar cable manguera en superficie en lugar de tubos, pero por lo demás me atendría al REBT 2002 en cuanto a grosores de cables, etc... Eso si, con una cantidad de circuitos también reducida. De circuitos pondría solo 3, iluminación con cable de 1'5, enchufes con cables de 2'5 y otro de enchufes para termo, lavadora cocina y baño con cables de 4. Los circuitos serian obviamente independientes, cada uno con su tierra, etc...

Respecto a la tierra tenia pensado clavar una pica de 1'5 metros en la planta baja, ya se que no es una toma de tierra especialmente buena aunque hay que tener presente que el suelo bajo la casa es especialmente húmedo, con la capa freática a unos 4 metros (lo se porque tengo pozo). De momento esta toma de tierra seria para poder pasar el tramite de la cédula y es lo mínimo que puedo hacer sin tener que levantar todo el suelo. Cuando haga las reformas todos los suelos van a ir nuevos y en la planta baja voy a hacer forjados y solera de hormigón nueva también, entonces ya pondré una tierra como dios manda.

Mi duda estaba simplemente en si realmente para la cédula solo se exige esta instalación tan básica y respecto al uso del cable manguera en lugar de tubos. Mas que nada porque en caso que fuese necesario aún estaría a tiempo de hacer una instalación completa según el REBT 2002 y me da miedo confiarme y que luego me la pidan y ya no esté a tiempo de hacerla. Eso si, hacer una instalación completa según el REBT ya ahora, antes de hacer las reformas, y teniendo presente lo grande que és la casa (240 m2) seria un gasto grande y absurdo porque luego la iba a tener que arrancar toda para volver a hacer la instalación definitiva. Eso es justamente lo que yo quería evitar.

Si alguien más tiene información sobre el tema le agradeceré mucho que me lo comente. Este es un tema bastante específico sobre el que no encuentro nada en internet y la verdad es que me preocupa porque en un año debo sacar la cédula obligatóriamente y tengo que decidir que hago y ponerme ya a hacerlo sin tener luego sorpresas cuando ya no esté a tiempo de solucionarlo y ando bastante intranquilo por esta cuestión, no vaya a ser que estando aún a tiempo de hacer una instalación completa opte por hacerla simple confiándome en lo que aparentemente dice la normativa de la cédula de habitabilidad y luego me tumben la cédula y me meta en un problema serio. De hecho tampoco se ni encuentro información respecto a que pasa con las casas antiguas compradas exoneradas de cédula si pasados los tres años no la sacas, pero me temo que lo que pasaría seria que me harían un cambio de uso, dejaría de ser oficialmente una vivienda como es ahora y pasaría a ser un almacén. Si pasa eso me habría metido en un follón serio ya que, según tengo entendido, para volver a hacerla vivienda tendría que sacarle la cédula como nueva construcción, es decir, con los requerimientos completos, no con los requerimientos mínimos del anexo II de la ley referente a las casas antiguas y, si pasa eso, directamente no podría sacarle la cédula nunca más a no ser que hiciese unas reformas bestiales ya que hay detalles estructurales de la casa (distribución, medidas, alturas, escaleras, aberturas interiores y en fachada, etc...) que no cumplen con la normativa de la cédula correspondiente a casas de nueva construcción y son de muy difícil y costosa adaptación. Me metería en un callejón sin salida vamos...

Saludos y nuevamente gracias de antemano!

Yo basaría la instalación por lógica en como las que acepta industria para :instalaciones provisionales y temporales de obras ( RBT2002 ICT - BT 33 )que puedes hacer instalación de superficie respetando las características de cables, protecciones y demás, lo que no te puedo ayudar es endarte más información, y personalmente la desconozco al no estar en tu comunidad autónoma, si lo consideras ves oportuno dirijelo a derecho y leyes en este mismo foro

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