Tengo un piso con dos puertas de entrada y quiero tapiar una interiormente.

Tengo la necesidad de tapiar una de mis dos puertas de entrada de mi piso: Ruidos de mis vecinos, ascensor, corrientes y olores.

De partida, la constructora no me dio solo llaves de un portal y me dijeron que yo pertenecía a una sola escalera. No he sabido nunca porque tengo dos puertas, pero de lo que sí estoy seguro es que quiero tapiar la que no uso, si no hay alguna normativa que desconozca y que prohíba tal medida.

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No creo que haya normativa específica que le impida hacer lo que pretende.

No conozco casos similares pero sí he visitado muchas casas en que se ha cerrado la puerta de acceso al servicio - puerta secundaria de acceso al piso-

Para estar más seguro, consulte los estatutos de su comunidad.

¡Gracias! 

Me comento un vecino que sobrepasando una altura el edificio, es necesario poner dos puertas de acceso en el último piso. Mi piso es el último y tiene una superficie de 120 metros cuadrados y 75  metros de terraza (Ático).

Puede ser que el parque de bomberos donde vivo yo, no tengan medios suficientes para evacuar en caso de incendios, a las personas de un edificio de cierta altura?

Me llamaría la atención, ya que vivo en una gran ciudad, pero es por buscar un motivo lógico.

Lo que me cuenta no puede ser verdad. El CTE no obliga a que una casa disponga de más de una puerta pues sus ocupantes nunca son más de cinco o séis y las necesidades de evacuación se cubren de sobra.

Creo que su vecino le pretende engañar.

En todo caso revise los estatutos pues el parque de bomberos no tiene potestad para lo que usted me cuenta.

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Con la comunicación y aprobación de la comunidad bastará. A no ser que se quiera pedir una licencia de obra menor y pagar la cuantía que estipule el ayuntamiento.

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