Que IVA cobrar en mi factura y elegir uno o varios epigrafes en el 037?

Voy a dar clases de teatro en un Liceo Frances este curso, basicamente tendre solo una hora semanal con 15 alumnos.

El curso (actividad extra escolar despues de clase) cuesta a los padres unos 32€ mensuales, de esos 32€ unos 2 € van para el Liceo por gastos de luz, etc.. El resto me lo quedo yo, es decir unos 450€ mensuales.

Voy a darme de alta como autonoma, soy menor de 35 años y la primera vez que me doy de alta., segun he visto reuno todos los requisitos para solicitor la tarifa plana 50€ de la seguridad social.

Es decir, cotizando por contingencia profecional y cese de actividad, la cuota minima me sale para los 6 primeros meses de unos 80€, luego 130€ hasta los 12 meses y luego unos 180€ hasta el 30 mes.

He visto que segun me de de alta con diferentes epigrafes, la cuota varia sensiblemente, por ejemplo con epigrafe 85 (educacion) pago lo anteriormente mencionado, con otros que tambien podrian recoger mi actividad y alguna otra mas esa cuonta aumenta unos 10€.

Mis preguntas son:

Si me doy de alta solo con varios epigrafes para poder cubrir otros eventuales trabajos que me puedan surgir, que cuota debere pagar, ¿la mas alta de todas o una cuota por cada actividad? Es decir la suma de todas...

Mi otra pregunta es, una vez tenga que facturar, ¿qué IVA soporta este servicio? He leido que algunos cursos no cobran IVA si pertenecen a temarios oficiales etc... ¿Es el teatro una actividad o curso que este exento de IVA? O debo incluir un % de IVA, ¿en ese caso cual es el tipo imposistivo 21% tambien?

Respuesta

Si vas a facturar 450 euros mensuales, y no más de ese importe no es necesario que te des de alta en la Seguridad Social, por no llegar al Salario Minimo Interprofesional que está en unos 700 euros, puedes hacerlo, no me malinterpretes, pero no es necesario. Si la situación cambiara, tuvieras más clientes y llegaras al SMI solo tienes que darte de baja en la AEAT y volverte a dar de alta ya en las dos cosas AEAT y Seguridad Social, para evitar así problemas con la Seguridad Social.

El IVA a cobrar en la formación es un tema un poco subjetivo, toda la formación impartida sujeta a un programa oficial está EXENTA de IVA si no es el caso, si se repercutiría IVA. Digo subjetivo, porque el profesor y el centro son los únicos que saben si el temario impartido sigue o no un programa oficial.

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Respuesta

Lo primero recomendarle se ponga en manos de un abogado, que le estudie su caso concreto. Si lo desea, puede encontrar información de nuestro despacho jurídico, fiscal y contable en nuestra web.

Lo primero es determinar quien organiza el curso y su forma jurídica (además le recomendamos firme un contrato por escrito)... Por otro lado, podemos entender que su actividad puede estar exenta de IVA, pero que usted como profesional, debería emitir facturas con retención (actualmente el 21%).

En algunos casos, puede no ser necesario darse de alta para esta actividad en la seguridad social y emitir facturas por cursos de formación, sin IVA y con retención... Que para usted tendrá la consideración de rendimientos del trabajo.

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