Estimada consultante,
Ante la pregunta que formula, la respuesta obvia es no. No hay que pagar una multa correspondiente a una infracción que no se ha cometido. Eso es lógico. Ahora bien, si la han sancionado, habrá que luchar contra esta sanción.
El recurso que usted dice haber hecho imagino que será un pliego de descargos, es decir, un escrito de alegaciones. Contra la resolución en la que le deniegan sus pretensiones debe caber entonces un recurso de reposición. Le recomiendo que se recurra en reposición de manera fundada en derecho y con base sólida pues es la última bala que le queda antes de tener que acudir a la vía judicial. Si usted desconoce como sería lógico cómo enfocar dicho recurso, contacte con un abogado que lo haga.
Actualmente las multas de aparcamiento están siendo sancionadas acompañadas de fotografía que muestren el coche y la vía en que, teóricamente, se comete la infracción. Si sólo aparece la matrícula sin más, no le puedo garantizar el éxito como es lógico, pero sí decirle que hay motivos para combatir esa sanción.
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