Recurso providencia de apremio

¿Qué recurso cabe contra una providencia de apremio de una multa del ayuntamieto?, una multa la cual jamas me fue notificada pues la primera noticia que tengo es la carta de providencia de apremio la cual llega con recargo incluido. Tengo entendido que han de notificarte la multa en el domicilio en el caso de estar ausente en el momento de la sanción, y entonces pagas o recurres y pierdes la bonificación del 50%. En este caso no hay notificación de la sanción, lo cual no me ha permitido ni pagarla con descuento ni recurrirla ni nada de nada, en la carta solo pone el numero de expediente, la matricula y la cantidad a pagar, pero nada de la fecha de la multa ni del motivo de la sanción. ¿Esto es legal? Pueden exigirme el pago de una multa así por las buenas sin que yo tenga posibilidad alguna de defenderme, también he mirado en el bop porque he leído que si te intentan notificar y no estas lo publican en el bop y tiene efectos de notificación, pero tampoco me encuentro. ¿Hay algún modelo de recursos para estos casos? ¿Qué pasos he seguir? La verdad es que no se que hacer pues me parece injusto que ni siquiera me den la oportunidad de defenderme.

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Cabe recurso de reposición al ayto. Precisamente alegando "falta de notificación de la liquidación"
Viene regulado este recurso en la Ley General Tributaria (puedes verla en internet)
El modelo es muy sencillo, escrito dirigido al Ayuntamiento, poner nombre y apellidos y domcilio, EXPONE que el día POR te han notificado la providencia, adjunta fotocopia, y que mediante este escrito interpones recurso de reposición en base a los siguientes HECHOS, explicar cuando se notificó la providencia de apremio y decir que nunca se notificó la multa FUNDAMENTOS DE DERECHO, citar la Ley general tributaria, y SOLICITA: se anule o declare nula la providencia de apremio por no haber sido notificada la multa en periodo voluntario
Gracias, una duda el recurso es ante el ayuntamiento, pero ¿dirigido a quien?, por detrás pone contra el órgano que dicto el acto no pone nada más, ¿pero imagino que tendrá que ir dirigido a una persona o no? Gracias otra vez.
Es suficiente con poner arriba "AL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE XXX", adjuntando fotocopia de la providencia de apremio ellos deben dirigir el recurso al órgano correspondiente
En el supuesto de que la notificación sea por edictos en boletín, para que valga tienen que acreditar en el expediente que intentaron notificar en el domicilio al menos 2 veces sin conseguirlo, mira la ley general tributaria lo que dice de notificaciones

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