Impuesto sobre los bienes inmuebles (IBI)

Compré una vivienda a un particular a principios del mes de Abril de 2014, por lo que no sé si el IBI me correspondería pagarlo a mí, a ella o mi parte proporcional nada más.

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Respuesta

El IBI se devenga al titular el día 1 de Enero, por lo tanto, aunque no este pagado cuando usted compra la vivienda, le corresponde al titular en esa fecha. Otra cuestión es que en muchos casos, se llega a un acuerdo para realizar el pago los dos, en proporción al tiempo de propiedad...

Si le indicamos, que si no se paga, se lo pueden reclamar a usted, pues es un impuesto asociado al inmueble, mas que al titular.

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