Puedes exigir señal de TV en la comunidad

Tengo un apartamento en una comunidad de propietarios en el sur de Tenerife. La mayoría de propietarios son ingleses y alemanes. Desde hace unos meses he notado la baja señal de la TV y después de dirigirme al administrador nos mando a un técnico que nos dijo de la necesidad de reforzar y reemplazar el cableado de la antena colectiva. Ahora es imposible el ver la mayoría de los canales. Me he dirigido de nuevo a la comunidad y me dicen que la mayoría tiene su antena individual ya que ponen parabólica para recibir canales de sus países. Solo hay otro propietario que también quiere canales nacionales y, al igual que yo, lo esta reclamando. Le dicen lo mismo que ponga una individual, porque al parecer, han dado un presupuesto para arreglarla y que les resulta caro.
La pregunta que le hago es si habiendo, como hay una antena colectiva, que hasta hace poco se veía y que siempre se ha estado manteniendo, si no estamos en nuestro derecho de reclamar el arreglo de dicha antena para poder ver canales nacionales o, si por el contrario, estamos obligados a buscarnos la vida para poder ver la TV.

Por favor, ¿puede decirme si tengo derecho a que la antena colectiva sea arreglada para poder ver los canales de siempre?

2 respuestas

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1.- En principio, aunque están generalmente consentidas, las antenas individuales están prohibidas en las Comunidades de Propietarios.

2.- Por otra parte, existe obligación, de la Comunidad a prestarle el servicio de recepción de televisión.

3.- Dicho esto, para ofrecerle una solución, lo que se puede hacer es que si el coste del arreglo de la antena colectiva, es muy elevado, que la Comunidad sea la que instale la antena individual que usted necesita y se comprometa al mantenimiento de la misma.

4.- Si esta es la solución factible, lo mejor es que se plasme este acuerdo en una Junta General.

Le agradezco su información, pero me dicen que no hay obligación en tener una antena colectiva. Podía decirme como puedo decirles lo que me indica en el 2º punto?, quiero decir si me podía indicar algo para que me puedan oír con cierta legalidad. Yo había pensado en hacerles un escrito dirigido al presidente, pero, como le digo, no se si estoy en posesión de la verdad y, sobre todo, no se como hacerlo.

En cuanto al primer punto, si es cierto que en mi vivienda habitual es así, pero esta aprobado en junta y aquí no se donde apoyarme. Podía ser mas concreto para poder ir con mejor argumento?.

Muchas gracias.

Ley 49/1966, de 23 de julio, sobre antenas colectivas.

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Derecho a reclamar siempre se tiene. Derecho a que se apruebe dicho mantenimiento y se asuma el coste depende de que exista una mayoría suficiente.

Aquello que puede hacer es solicitar que se incluya dicho punto en el orden del día en la próxima junta de propietarios y convencer al resto, o al menos a más del 50 % para que la Comunidad asuma dicho coste.

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Gracias por su rápida respuesta.

Si para todo hace falta la mayoría, esta claro que en este caso esta todo perdido, ya que como le he dicho, la mayoría tienen una parabólica, Yo si he realizado esta consulta ha sido porque pensaba de que si hay un servicio en una comunidad, habría que mantenerle. Como el ascensor, por ejemplo, si ya se tiene no me podrían venir diciendo que como supone mucho el mantenimiento hay que dejarle. La antena colectiva también es un servicio para recibir los canales nacionales y, ahora, que han cambiado de propietarios y estos no les interesa estos canales, no se mantiene. Por eso creo que estoy equivocado, vardad?

Muchas gracias de nuevo.

Es necesaria la mayoría. Si no la hay, tendrá que recurrir a los tribunales de justicia que le desaconsejo por su coste y porque lo que solicita no es un mantenimiento esencial para el funcionamiento de la comunidad.

Ruego cierre y valore la pregunta.

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