Seguro de la vivienda como inquilino

Acabo de firmar un contrato de alquiler de un piso. En el mismo, se ha pactado que el seguro de la vivienda va a cargo del inquilino pero su coste podrá ser repercutido por el arrendador. El propietario me ha dicho que en marzo o abril le vencerá la póliza, y me ofrece dos alternativas: renovarla él y que yo se la pague, o bien cancelar la suya y que yo me haga la mía propia.

En caso de que él renueve la suya, ¿entiendo qué en caso de siniestro mis bienes no quedarían cubiertos? En caso de que él cancele la suya y yo me haga la mía, ¿entiendo qué en caso de siniestro sus bienes no quedarían cubiertos?

A efectos de responsabilidad civil por daños a terceros, ¿sería indiferente que la póliza fuera a nombre del arrendador o a nombre mío?

Qué es aconsejable hacer: que él renueve su póliza y yo le abono el coste, ¿o hacerme la mía propia?

3 Respuestas

Respuesta

Mi experiencia que he hecho muchos de este tipo

-Es hacerla el propietario

-Repercutir al inquilino el coste o no es cosa de pactar

-Pero si conoce ésto el inquilino, puede ocurrir que te diga, no le pago porque no quiero y usted no se perjudica porque tiene seguro

-Yo lo hago mi nombre y no digo nada a los inquilinos, como un gasto más, es lo más practico

Respuesta
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El arrendador debe tener su póliza y usted como inquilino debe hacerse otra. El arrendador debería hacerla por continente, contenido y responsabilidad civil como mínimo. Y yo le recomiendo a usted que la haga por contenido y responsabilidad civil.

http://laguiadelseguro.blogspot.com/2014/11/seguros-de-hogar-arrendador-e-inquilino.html 

Si necesita cualquier aclaración no dude en pedirla.

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2

Si tú contratas la póliza en calidad de inquilino, tienes cubierto los daños de la vivienda (continente) y el conjunto de muebles y enseres de uso personal (contenido), es igual que la vivienda no sea tuya.

A efectos de responsabilidad civil, es indiferente que la póliza vaya a nombre tuyo o del propietario, tú tienes tu parte de responsabilidad como inquilino y él la tiene como propietario.

Mi consejo es que tú te hagas la tuya propia, es mejor, ya que la tienes que pagar, y así podrás informarte conveniente de las condiciones de contratación que necesitas.

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