¿Régimen de IVA general o de bienes usados?
Voy a crear un negocio de venta de objetos de segunda mano que compré en el pasado. En muchos casos tengo factura pero en otros tantos no. No se a que régimen de IVA debería acogerme. ¿Algún consejo?
- Si fuese en el general, ¿podría deducir el coste de los objetos con factura? (Aunque su compra se hiciera antes de iniciar mi actividad)
- Si fuese en el de objetos de segunda mano, ¿qué hago con mis objetos que voy a poner en venta? ¿Autofactura? ¿Sólo de aquellos de los que no tengo factura? ¿No puedo autofacturarme? ...
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Respuesta de Abogados Edo
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