De qué impuestos está exenta parcialmente una Asociación
He estado valorando la posibilidad de crear una asociación sin ánimo de lucro.
Me surge alguna duda, he estado mirando y constituir una Fundación es bastante complejo además de una aportación inicial elevada, pero una asociación es bastante más sencillo. Lo que sí he visto es que hay dos tipos: Asociación sin ánimo de lucro y Asociación sin ánimo de lucro de utilidad pública. En mi caso tendría que ser Asociación sin ánimo de lucro, ya que para inscribirse como ASAL de utilidad pública hay que llevar al menos dos años inscrita como Asociación y algún requisito más.
Partiendo de esta base, y sabiendo que la Asociación sin ánimo de lucro está exenta parcialmente de algunos impuestos, quería saber lo siguiente:
- Según el Capítulo XV del título VII del TRLIS, están exentas las rentas que procedan de la realización de actividades que constituyan su objeto social o finalidad específica.
Entiendo que se refiere a los ingresos que tengamos por actividades relacionadas con el fin social de la asociación, pero... ¿también estaríamos hablando de las donaciones? O éstas serían otro tipo de ingresos y no estaría exenta de impuestos, dando por echo que por supuesto las donaciones se van a destinar a la finalidad social de la asociación.