¿Me pueden negar la llave del portal?

Se ha realizado una rehabilitación en el edificio en que tengo mi vivienda y una vez finalizadas las obras de los elementos comunes se niegan a darme una copia de la llave de acceso al portal. De momento la finca sigue cerrada y no vive nadie, pero yo quiero acceder a mi propiedad. El presidente de la Comunidad me remite al constructor; éste dice que necesita el permiso del arquitecto para darme una copia de la llave, y el último alega que está esperando una notificación del Ayuntamiento. El técnico municipal que ha hecho la inspección me dice que no han enviado la documentación al arquitecto por que, al ser la resolución favorable, no se envía sí no se solicita (algo que nadie ha hecho y ya han pasado 20 días desde que se dictó la resolución). Para facilitarme las cosas, el propio técnico del ayuntamiento me ha pasado el informe y se lo he enviado tanto al presidente de la Comunidad como al constructor y al arquitecto, pero siguen negándose a darme una copia de la llave. ¿Cuál es el siguiente paso que puedo dar? ¿Qué artículos del Código Civil puedo alegar para exiguir el acceso a mi propiedad?

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Si no hay un motivo legal o de seguridad que lo impida no pueden negarle el acceso a su vivienda, debe mandar un burofax en el que solicite las llaves del portal y que si siguen impidiendo el acceso a su vivienda se vera obligada a tomar medidas legales en virtud del artículo 3 LPH.

Adjunto enlace por si quiere consultar éste u otros artículos de la Ley de la Propiedad Horizontal.

Ley de propiedad horizontal

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