Herencia sin dividir en ocho años

Somos tres herederos de una vivienda, uno de los coherederos se quiere quedar con ella, osea, quiere comprar mi parte, ¿pero cómo puedo vender algo que todavía no es mio puesto que aun no se ha dividido la herencia? Esto es posible, ¿vender sin dividir la herencia?.

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En principio, lo que han de hacer es la adjudicación o aceptación de la herencia. Una vez adjudicada, usted ya es propietario y por lo tanto, puede vender su parte de propiedad.

Los impuestos de la herencia, después de ocho años, estarán prescritos, por lo tanto, deberían realizar la adjudicación o aceptación de herencia, por un mínimo costo para los herederos.

¿El haber instado una división judicial no significa haber aceptado la herencia? Y por otra parte aunque la vivienda este aun a nombre de mis padres ya fallecidos,¿podría vender mis derechos hereditarios? y si es asi,¿Se lo tendría que comunicar a los demás?, gracias.

Lo primero recomendarle se ponga en manos de un abogado, que le estudie su caso concreto. Si hay un procedimiento judicial, cuando termine, han de ir a los registros y cambiar la titularidad de los bienes, conforme al auto de adjudicación que realiza el juzgado. Entonces ya será usted propietario y podrá vender. Mientras no termine el procedimiento judicial usted sigue sin ser propietario...

Los derechos hereditarios se pueden llegar a vender, pero habitualmente no se realiza este tipo de operaciones, por los problemas que pueden suponer en el futuro... Y mas con un procedimiento judicial en marcha...

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