Compra piso procedente de herencia

Estamos tramitando desde hace 3 meses la compra de un piso cuyo propietario actual lo ha heredado recientemente. Lo último que nos ha dicho la inmobiliaria es que la herencia esta aceptada pero no adjuticada porque otros de los herederos no se ponen de acuerdo con el reparto de la herencia, no teniendo ningún problema con que el heredero del piso en qüestion lo reciba. Mi pregunta es:
"Puede el heredero vender el piso y yo comprarlo sin haberse adjudicado la herencia??"
LA inmobiliaria me dice que el mismo banco que nos de la hipoteca se encargará de liquidar los impuestos que le corresponden al heredero del piso que queremos comprar y que en la misma operación ya pasará el piso a nuestro nombre, que no es necesario que primero lo inscriba en el registro a su nombre y después cambiarlo al nuestro.

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NO.
Es cierto que no es necesario inscribirlo a nombre del heredero primero y luego a nombre tuyo, pero lo que sí es necesario que la herencia sea aceptada.
Seguramente habrás entregado arras o señal y el alargar el proceso por parte de la inmobiliaria obedece a no perderte como comprador y a no perder su comisión en la venta, amén de que los propietarios tendrán que devolver lo entregado (según hayáis pactado el contrato de arras o señal)
Hola Rosus96,
muchas gracias por tu rápida respuesta pero tengo nuevos datos. Me dicen que la aceptación está hecha y que el mismo día de la compra venta harían la adjudicación de herencia, pero no acabo de ver claro que se pueda adjudicar la herencia a una de las tres partes cuando dos de ellas no están de acuerdo, aunque si lo están en lo que se refiere a la parte que corresponde al heredero del piso que queremos comprar. Puede hacerse la adjudicación parcial de una herencia, ¿es decir a uno de los herederos? ¿Y es posible hacerla el mismo día de la compra venta del piso?
Gracias de nuevo y un cordial saludo.
Evidentemente si no existe acuerdo entre los herederos sobre la partición de la herencia, no se puede realizar la adjudicación de bienes.
No cabe adjudicación parcial igual que no cabe renuncia parcial de la herencia.
Si estuvieseis de acuerdo no habría problema en hacer la compraventa el mismo día de la adjudicación la cual sería previa a la venta.
Un saludo.

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