Recargo de equivalencia en operaciones intracomunitarias
Autónomo en recargo de equivalencia e inscrito en roi, entiendo que el iva y recargo hay que apuntarlo en el libro de gastos de esta manera aunque no se pague hasta no realizar el 309: compra mercaderías 1000 euros, recargo e iva 262 euros, ¿total gastos 1260 euros en el apunte de la compra es correcto contabilizar ese iva como gasto aunque no este pagado en ese momento?
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Respuesta de Abogados Edo
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