Recargo de equivalencia en operaciones intracomunitarias
Autónomo en recargo de equivalencia e inscrito en roi, entiendo que el iva y recargo hay que apuntarlo en el libro de gastos de esta manera aunque no se pague hasta no realizar el 309: compra mercaderías 1000 euros, recargo e iva 262 euros, ¿total gastos 1260 euros en el apunte de la compra es correcto contabilizar ese iva como gasto aunque no este pagado en ese momento?
Respuesta de Abogados Edo
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