Deuda Cuotas Comunidad tras concurso acreedores
Se trata de una edificio nuevo de 8 pisos.
La comunidad de vecinos se constituye en julio del 2014 con 5 vecinos. Los otros 3 pisos están sin vender y son propiedad del constructor.
En noviembre del 2014 nos llega carta de un abogado concursal informando que el constructor ha entrado en concurso voluntario de acreedores desde el 14 de Noviembre del 2014, y el abogado concursal nos pide de enviarle las deudas del constructor con la comunidad de vecinos hasta el 14 de Noviembre.
El constructor debe la derrama inicial puesta en julio 2014 y las cuotas de la comunidad desde Julio 2014.
Ayer 14 de Enero 2015, el constructor me envía email informando que han vendido un piso de los 3 que estaban sin vender, y me pide que le informe sobre la deuda de ese piso con la comunidad a partir del 14 de Noviembre hasta la actualidad.
En el email comenta que una vez haga transferencia a la cuenta de la comunidad me pedirá justificación (escrito) de que ese piso esta al día en cuanto a pagos de cuotas, derramas ... Y que ha pedido autorización para vender ese piso al abogado concursal.
Mi pregunta es:
1.- El constructor debe derrama inicial y cuotas desde julio del 2014 por ese piso, si no se consigue nada con el concurso de acreedores, entonces tampoco podremos reclamarle al nuevo propietario por la derrama inicial que se puso en julio 2014 ni por las cuotas impagadas de julio-Agosto-Septiembre-octubre-Noviembre correspondientes a ese piso?
Nota: De momento no he enviado justificación (escrito) solicitada al constructor