¿Qué fórmula jurídica es mejor para 3 personas en negocio de hamburguesería?

Somos tres jóvenes que vamos a hacernos cargo de un negocio de comida con reparto a domicilio (pollos, hamburguesas, etc.) Nos preguntamos qué fórmula nos convendría más, si darnos de alta como autónomo cada uno de nosotros, o sólo uno de nosotros y contrata a los otros dos, o formar una S.L. Estamos muy perdidos.

Sabemos que ahora hay bonificación para autónomos durante 6 meses, pagando sólo 50€, pero pasado ese tiempo, el coste se dispara.

Cualquier consejo se agradecerá.

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La mejor es una SL, como socios los 3 pero aconsejo que solo 1 sea socio mayoritario, administrador y los otros 2 acepten que en caso de discrepancias como se resolverán.

Quedo a su disposición por si desea más información, le saluda atentamente,

Victor H. Pascual

Pedralbes abogados

Buenas tardes.

Gracias por su información.  Queríamos saber por qué es mejor una SL.  Nos planteamos si hubiera alguna forma de aprovechar esa bonificación a los primeros meses de autónomos, y luego formar la SL.

Y si uno de los socios ya es socio al 50% de otro negocio ajeno al nuestro, por el que paga ya su cuota de autónomo societario, ¿tiene que pagar dos veces?

Gracias y disculpe nuestra ignorancia.

Es mejor la SL porque sois varios y la responsabilidad se limitara al capital social. Si alguno tiene un negocio ajeno no tiene que pagar dos veces.

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En función al dinero invertido debéis valorar si interesa una sociedad limitada o una comunidad de bienes (por ejemplo).

Si no se realiza una inversión grande y las deudas con proveedores y acreedores (por ejemplo el arrendador de local) no se pueden "disparar", en principio podéis optar por una comunidad de bienes que os va a permitir aprovechar las bonificaciones de autónomo. Eso sí, en caso de deudas con terceros respondéis ilimitadamente de forma solidaria, esto es, que si le debéis al arrendador 2000 euros os lo puede exigir a los tres y puede hacer que os quiten los bienes (hablando el plata) que tengáis. Si los tres sois trabajadores debéis ser autónomos los 3 al 33% si este es el caso.

En caso de sociedad (más cara por la consitución...) respondéis solo con el capital aportado (salvo que firméis préstamos bancarios avalando personalmente, ..). En función al porcentaje debéis ser autónomos (el administrador paga más), o bien (en porcentajes menores) régimen asimilado.

Podéis ver la opción de una comunidad de bienes y si la cosa va bien... constituir una sociedad en el futuro.

Muchas gracias por su información.  Buscaré más información sobre la "comunidad de bienes", que no sé lo que es, pero si vd. es tan amable de indicarnos sus pros y contras, le estaremos agradecidos.  Saludos.

Sin problema. Es un simple contrato en el que se pone en común ciertos bienes y se registra en tu comunidad autónoma. Los pros: mas económico de constituir y de gestionar. Los contra: se responde de las posibles deudas ilimitadamente y de forma solidaria. Te pongo un ejemplo: tu y yo montamos una comunidad de bienes al 50℅. La cosa sale mal y tenemis que cerrar. Dejamos al carnicero a deber 5.000 euros. Yo no tengo bienes de ningún tipo. Pero tu tienes a tu nombre una moto que vale 6000 euros. Pues si los demanda el carnicero te pueden quitar la moto a ti para pagar una deuda que es de los dos. Esto con las sociedades limitadas no pasa.

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