¿Se puede negar el acceso a un propietario?

Tras la rehabilitación de los elementos comunes de un edificio y teniendo ya todos los permisos municipales, la Comunidad de Propietarios ha acordado en una junta no entregar las llaves del portal a ningún vecino, con lo que se impide el acceso a las viviendas. No se ha puesto encima de la mesa la razón pero, entre líneas, se ha dado a entender que esta medida se ha tomado a consecuencia de la morosidad de algunos propietarios... ¿Tiene potestad la Comunidad para decidir, aunque sea por mayoría, que no puedo acceder a mi propiedad? ¿Sería legal que no dejaran acceder a los propietarios morosos y sí al resto? ¿Qué derechos tengo frente a las decisiones de la Comunidad?

Respuesta
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No. Si la razón es la morosidad, no es legal.

En algunos casos se ha aceptado que la Comunidad, por unanimidad, decida no permitir el acceso a los morosos a zonas comunes "no imprescindibles", como piscinas, pistas de tenis, etc., pero en ningún caso a las viviendas. Y para ello debe constar dicho punto en los estatutos y estar registrado.

Sólo estaría justificado, en todo caso, si hubiera un problema de seguridad, que pusiera en riesgo a las personas. Pero, por lo que comenta, en su caso, acaban de hacer unas obras de rehabilitación. Por tanto, descarto este punto.

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