Reducción de jornada por cuidado de hijo con jornada partida

Actualmente tengo un horario de 08:30 a 14:00 – 15:00 a 18:30 (9 horas) . A cambio de trabajar 1 horas más (de 15:00 – 16:00), la empresa me paga la comida en el restaurante. (de 14:00 a 15:00)

Si me voy o como por mi cuenta, dispongo de dos horas al medio día y mi horario queda 08:30 a 14:00 – 16:00 a 18:30. Es decir, la hora que no trabajo no puedo salir antes, tengo que “usarla” al medio día.

Lo ideal sería que si no hago esa hora de más a cambio de la comida, poder irme a las 17:30 en vez de a las 18:30, pero no me dejan.

La pregunta es la siguiente.

Voy a ser madre y me gustaría salir antes y estoy valorando reducirme la jornada de 1 a 1,5 horas.

Mi duda es si la empresa puede negarse a que esa hora que no haría de más (15:00 a 16:00), en vez de ser una hora muerta al medio día para mí, pasarla al final.

Es decir, hacer mis 8 horas de 08:30 a 14:00 – 15:00 a 17:30, reducirme una hora solo y poder salir a las 16:30.

O si ellos pueden “obligarme” legalmente a que si me reduzco una hora, salir a las 17:30 (es decir, reducirme de 18:30 a 17:30) y trabajar de 15:00 a 16:00 a cambio de la comida, o irme donde quiera y librar de 14:00 a 16:00.

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Se tiene derecho a reducción de jornada por guarda legal cuando se tenga un hijo menor de 12 años, tendrías que reducir la jornada entre 1/2 y 1/8 de la jornada diaria ordinaria, el horario de disfrute lo elegirías tú dentro de tu horario habitual, la empresa no puede imponerte ningún horario.

Podría darse la situación que comas allí y adelantaras la hora de salida.

El problema que veo es el abuso de la empresa, ya que no es legal el abono de una hora extraordinaria por comida, la empresa debería llevar un control de esta hora extraordinaria e incluirla en nómina, respetando el límite máximo legal de 80 horas mensuales.

Por lo tanto si a los demás les permiten trabajar a las 15.00 también deberían permitírtelo a ti, ya que este horario evidentemente es un coacción para imponeros una hora de trabajo adicional no remunerada.

Con reducción de jornada por guarda legal estarías protegida en caso de que reclames tus derechos. Conviene antes de iniciar una reclamación que busques asesoramiento de forma directa.

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