¿Es obligatorio pagar la derrama para la instalación de un portero automático?
En nuestra comunidad formada por 23 viviendas hace unos meses que la junta de propietarios aprobó la instalación de un portero automático. A tal efecto se aprobó una derrama que han satisfecho todos los vecinos excepto cinco.
En estos momentos se está procediendo a la instalación del portero y nos surge la duda de que hacer con los morosos. ¿Les instalamos el telefonillo y se lo dejamos operativo para luego poder reclamar su pago por vía judicial o simplemente no se lo instalamos y dejamos sus viviendas sin acceso al portero que no pagan? ¿Tenemos obligación de instalarles el telefonillo aunque no paguen?.
Si tuviésemos obligación de instalárselo y finalmente no quedase más remedio que acudir a la vía judicial para cobrar ¿podría ser mediante procedimiento monitorio? La cantidad adeudada por los cinco vecinos asciende conjuntamente a 650€.