Libertad del banco para obsequiar a sus clientes
Mi banco me ha llamado para negociar una bajada del tipo de interés de mi préstamo hipotecario, que es un préstamo a interés variable referenciado al Euribor más un diferencial de un 0,75%, pero con un suelo del 3%.
No me cabe duda de que si me hacen este ofrecimiento, es porque entienden que a cambio ellos obtendrán algún tipo de beneficio.
Sospecho que lo que pretenden es elimiar el suelo de mi hipoteca, a condición de que yo no efectúe reclamación alguna en lo sucesivo.
Pero, ¿qué necesidad hay de que dé consentimiento expreso a una oferta que supuestamente “mejora” las condiciones preexistentes? ¿Acaso no puede el banco, unilateralmente, comunicarme que he sido beneficiado con la quita de la claúsula suelo?
Por poner un ejemplo: mi compañía telefónica me hizo saber, mediante una sencilla notificación, que había decidido premiar mi fidelidad aumentando la potencia de mi conexión a Internet. Y así lo hizo, sin perjuicio del resto de las condiciones pactadas y sin necesidad de que yo les diese mi visto bueno. A fin de cuentas, ¿por qué tendría que darles permiso para que me ofrezcan mejor servicio al mismo precio?
En este sentido, me gustaría anticiparme a mi propio banco, exponiéndole de forma concisa e inequívoca el planteamiento que os he expuesto.
Para ello, ¿Puedo ampararme en alguna ley? ¿Existe alguna norma que les permita superar, con total autonomía, las condiciones pactadas en mi préstamo?