No me pagan las deudas de un impago de alquiler

A todoexpert@s:
Tengo un problema con un alquiler impagado que no sé cómo resolver.
Tuve un inquilino de alquiler en un piso de mi propiedad, que dejó de pagar el importe estipulado por lo que puse el caso en manos de un abogado para denunciarlo. Pasado un tiempo de papeleos y demás, se llegó a juicio, donde el inquilino, se presentó e hizo entrega, al juez, de las llaves del piso, las cuales me fueron entregadas - como me encontré el piso es otra triste historia- .
En la sentencia se estableció, que el inquilino se comprometía a pagar la deuda (unos 5.000€) en un plazo no superior a seis meses, si en ese periodo de tiempo no se hubiera satisfecho la deuda, se procedería a embargarle los bienes.
Pasaron esos seis meses- bastantes más- y no había recibido ni un €, por lo que insistí al abogado para ver qué pasaba. Éste me indicó que estaba tras el asunto, hasta que después de un tiempo, me dijo que no se le podía embargar nada, puesto que no tenía ningún bien a su nombre, ni constaba que tuviera ingreso alguno, para poder embragarle; de todos modos le indiqué al abogado que insistiera en el tema puesto que yo seguía sin cobrar la deuda.
A partir de ahí, mis contactos con el abogado han sido escasos por no decir nulos, cuando llamo, no está, está de viaje, ya me llamará más adelante… etc. Etc., y toda la documentación la tiene él.
Han pasado ya dos años largos y el caso es que yo no he cobrado aún la deuda, por eso les pregunto: ¿Qué puedo hacer ante esta situación? ¿Puede tratarse de un incumplimiento de sentencia? ¿Qué hacer con el abogado si sigue dándome “largas”.? ¿Cómo puedo recuperar toda la documentación?
Gracias anticipadas por las respuestas. Se lo agradecería mucho pues estoy más que preocupado por esta situación

1 respuesta

Respuesta
1

Si no hay bienes que embargar, ni nominas, tendrá complicado cobrar. Pero eso no significa que usted no siga personándose en el procedimiento y solicitando el embargo... Con el tiempo, algunos deudores se despistan, o encuentran un trabajo o reciben una herencia y entonces usted podrá embargar.

Con su abogado, si usted ha pagado lo acordado y no quiere que continúe con el procedimiento, puede solicitarle la documentación y si le es complicado, que lo realice su nuevo abogado, mediante la correspondiente venia. Si sigue sin conseguir la documentación o poder tener contacto con este abogado, siempre puede presentar una queja en el Colegio de Abogados.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas