Creo que en estos dos enlaces se detalla cada punto, el primero es más compacto y resumido, el segundo más detallado.
http://www.famma.org/preguntas-frecuentes/2511-beneficios-del-certificado-de-discapacidad
https://dikeabogados.wordpress.com/2013/06/12/que-beneficios-tiene-el-reconocimiento-de-un-grado-de-minusvalia/
En mi caso, tengo 36 años y una dispacidad de 40% pero no estoy debidamente informado. Me parece que habría que hacer una distinción importante entre discapacidad de 33% y 65%, porque (según recuerdo) hasta que no se alcance el 65% no es posible percibir una pensión, y al mismo tiempo, hasta no alcanzar un 33%, no se tiene legalmente la condición de incapacidad, (30% o 25% sólo implican una merma física o intelectual, pero no consta como incapacidad).
Una incapacidad igual o superior a 33%, (por intentar resumirlo con arreglo a mis conocimientos), ofrece la posibilidad de que la empresa que contrate a la persona incapacitada desgrave en hacienda, lo que representa un beneficio para la empresa mientras que el sueldo del trabajador permanece inalterado.
Tambien es posible beneficiarse de descuentos en ropa, transporte público y adquisición de propiedades (por ejemplo, un coche o una vivienda), así como facilitar las oposiciones, al reducirse drásticamente el número de opositores con los que competir.
La incapacidad del 65%, añade a todo lo anterior, la posibilidad de beneficiarse de una pensión no contributiva.