Comunidad autónoma donde debo pagaar impuesto de sucesiones

Mi padre ha fallecido estando empadronado en Madrid. Somos dos herederos, mi hermano vive en Madrid y yo vivo en Andalucia donde estoy empadronado. Todas las posesiones rusticas y urbanas de mi padre están situadas en suelo andaluz excepto el apartamento donde vivía en Madrid. ¿En qué comunidad autónoma debemos pagar el impuesto mi hermano que vive en Madrid y yo en Andalucia si casi todas sus posesiones están en Andalucia?

Respuesta

Tal como le han comentado, inicialmente Madrid sería la comunidad autónoma donde debe presentar y liquidar impuesto, ahora bien, no se extrañe si la CCAA Andaluza reclama la posibilidad de ser la competente, depende de los años que su padre llevará empadronado y viviera en Madrid, que es diferente.

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Respuesta

Los puntos de conexión que nos determinarán la tributación en una determinada CCAA del ISD se establecen en la Ley 22/2009 art. 32. Por lo que respecta al caso planteado, adquisición mortis causa, será la residencia habitual del causante (fallecido) en la fecha de devengo (día del fallecimiento) la que nos determinará la CCAA dónde debemos tributar.

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