Convenio Especial 55 ERE penaliza trabajar

Actualmente estoy desempleado desde Mayo 2014 y cobrando desempleo hasta mayo del 2016 (24 meses) Llevo 38 años cotizados y dentro de 2 meses cumplo 57 años y al final del desempleo tendré los 58 años.

El convenio Especial ERE firmado por empresa/S. Social no entra en vigor hasta los 24 meses de la fecha del despido. (Hasta que no se acabe la prestación por desempleo.

Pregunta:

¿Si yo encuentro trabajo dentro del periodo de los 24 meses de desempleo, la base de contización para jubilación e IMS no es la del convenio sino la que cotización real de lo que cobre que es muy inferior a la del convenio, lo cual creo que están penalizando el trabajar durante los 24 meses de prestación?

¿La empresa podía haber puesto que en caso de encontrar trabajo en los 24 meses de paro se cumplimentaría la base de cotización?

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Efectivamente con tanto "parche y reparche" de la normativa sobre prestaciones y subsidios lo que se está consiguiendo es impedir la "vuelta al trabajo" de los "maduros". Tu caso es paradigmático, como el de los despedidos antes de abril de 2013 que si vuelven a estar de alta (aunque sea unos meses) pierden la opción a la Jubilación anticipada por la "ley antigua". Se está abusando, con la connivencia de los Sindicatos y la propia administración, de los ERES como herramienta de ajuste de plantillas y se están dando situaciones esquizofrénicas con acuerdos "demasiado amañados".

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