¿Hasta cuando pasar pensión por alimentos?

Estoy separado desde hace 20 años durante los cuales he estado -y sigo- pasando pensión por alimentos por mi hijo a mi ex-mujer. Mi hijo tiene actualmente 23 años, sigue viviendo con su madre, y ahora mismo le ha salido un trabajo que compagina con la universidad. ¿Debo seguir pasando esa pensión? ¿Hasta cuándo?

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Las pensiones de alimentos para los hijos se tienen que abonar hasta que el hijo sea económicamente independiente (que no es lo mismo que emancipado, que eso lo esta desde los 18 años).

¿Cuándo se entiende esa independencia? Pues cuando haya acabado su formacion y haya accedido al mercado laboral de una forma más o menos estable, o este en condiciones de hacerlo.

En su caso particular, yo considero que tendrá que seguir pagando un tiempo mas. Lo que si es muy importante, y es por ello que no hay que hacer caso a los legos en Derecho que dan consejos sin saber, es que para poder dejar de pagar esos alimentos ES NECESARIA E IMPRESCINDIBLE UNA RESOLUCIÓN JUDICIAL QUE EXTINGA ESA PENSIÓN. No se puede dejar de pagar alegremente porque podríamos, sin saberlo y haciendo caso a no se quien, esta incurriendo en la comisión de UN DELITO que lleva aparejada condena a PRISION. Dicho delito se comete cuando se dejan de pagar dos mensualidades seguidas o cuatro mensualidades de firma discontinua.

Tenga paciencia que ya le queda menos.

Entonces, ¿tengo que esperar a que acabe la universidad? Y lo de "más o menos estable", ¿significa contrato indefinido?, porque según está el mercado laboral está difícil la cosa, su contrato ahora mismo es temporal. ¿Y si pierde el trabajo? ¿Y si no "le diera la gana" trabajar? Gracias, como ves tengo muchas dudas.

En principio habría que esperar a que termine la formación y se encuentre en condiciones de acceso al mercado laboral. No tiene porque ser un contrato indefinido, lo que se necesita es cierta estabilidad y que los ingresos sean superiores al salario mínimo Interprofesional.

Si no le diese la gana trabajar, cosa que puede ocurrir, lo que se podría hacer es acreditarlo en un procedimiento, ya que la ley establece que el no trabajar no debe deberse a la voluntad de quien recibe la pensión.

Lo que tiene que hacer es estar pendiente del aprovechamiento en los estudios, estar atento de si esos trabajos que hace se convierten en un trabajo estable, etc. En caso de tener pruebas de todo ello hay que instar un procedimiento para extinguir la pensión. Nunca hay que dejar de pagar alegremente.

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Ya esta emancipado no tendrías que pagarle nada ya.

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