¿Cómo computar el tiempo de preaviso en un contrato a tiempo parcial?
Soy una trabajadora de un local de comida rápida y son numerosos los chanchullos y engaños a los que nos somete la empresa aprovechándose de que la mayoría de los trabajadores tiene pocos recursos y no protestan por miedo a ser despedidos.
En mi caso concreto estoy en situación activa de búsqueda de empleo, aparte de por las pésimas condiciones en que nos hacen trabajar, porque en esta empresa me siento estancada. Cada día me dan más trabajo pero no se progresa ni económicamente ni profesionalmente.
A día de hoy me encuentro de baja por IT a causa de una ciática provocada por la brutal presión física a la que me he visto sometida en los últimos meses, puesto que, aunque solo trabajo los fines de semana, pues tengo un contrato de quince horas semanales, la mayor parte del trabajo físico la realizo yo hasta que empieza el turno de mis compañeros. De todos modos, la incapacidad no se ha relacionado a accidente laboral porque acudí yo por mis medios al médico un martes al comprobar que el dolor aumentaba, quedando reflejada como contingencia común.
He ido mejorando aunque no estoy recuperada del todo y en cuanto pueda reincorporarme o si antes encuentro otro trabajo que me permita sentirme realizada, pediré la baja voluntaria en la empresa con el preaviso correspondiente.
Ahora bien, aquí es dónde viene mi duda. Cuando yo cojo vacaciones de quince días, en nuestro convenio se especifica que el período de vacaciones se empieza a contar después de la libranza, el primer día laboral (que en nuestro caso pienso que sería el sábado, ya que solo trabajamos sábados y domingos) por lo que según esto dicho período debería comprender un fin de semana completo, la semana siguiente completa de lunes a domingo, y la siguiente de lunes a sábado! Siendo el domingo el primer día de reincorporación al trabajo, si no me equivoco. Pues bien, nuestra empresa nos da las vacaciones entresemana y así nos quitan un día de vacaciones laboral.
Mis últimas vacaciones que se debían al canje por acuerdo mutuo de horas extras trabajadas y no cobradas debían computan diez días, y me las comenzaron a contar un lunes teniendo un sólo fin de semana en dicho periodo vacacional cuando me habrían correspondido dos según nuestro convenio.
Entonces si yo el preaviso de mi intención de causar baja en la empresa lo comunico un lunes mediante burofax, que será lo más seguro para evitar futuros problemas, me lo tendrían que empezar a computar ese mismo día en que la notificación llega a la empresa, ¿verdad?.
Me gustaría saberlo, ya que son capaces de comenzar el cómputo según les sea más favorable para hacerme trabajar un día más, y para evitarme notificarlo un viernes y sólo tener que aguantar cuatro días de trabajo real.