Limpieza de aparcamiento comunitario por copropietario jubilado.

Puede un copropietario del aparcamiento comunitario, ya jubilado, realizar el servicio de limpieza del mismo, ¿de forma remunerada por la Comunidad y sin Contrato de Trabajo? ¿Qué responsabilidades se asumen?

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No debe permitirse esa práctica porque es abiertamente ilegal tener a una persona laborando sin contrato. Es demasiado perjudicial para la comunidad esta situación y deben erradicarla de una buena vez. Como dice el refrán "mas rápido que inmediatamente" porque la comunidad puede ser sancionada con una multa por este tipo de prácticas anti- laborales.

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Esto es una ilegalidad. Su comunidad tiene a una persona realizando trabajos en al comunidad sin contrato laboral, lógico por otro lado porque esta jubilada. Da igual que sea un vecino o no.

Están corriendo un riesgo innecesario ambos. La comunidad y el vecino jubilado.

Sugiero que contraten a una empresa de limpieza y se olviden de problemas.

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