Expropiación forzosa que se transforma en unidad de actuación.

En 1975 el Ayuntamiento de mi pueblo dirigido por uno de los terratenientes y con mas de 20 años como alcalde, le "quito" a mi padre un solar para hacerlo calle (sin comunicárselo en su debido momento, se entero años después cuando actualizo el catastro), y que a día de hoy, no se ha echo tal calle, bueno si, se hizo la salida de una cochera un amiguete suyo. Me entero de la existencia de este solar a su muerte, porque en el registro de la propiedad sigue a nombre de mi padre. Fui a pedir explicaciones al Excmo y me dijeron que estaba dentro de una "unidad de actuación" que casualmente solamente afectaba a el solar de mi padre, el resto del terreno de la "unidad" que es de otro terrateniente que sigue haciendo uso de él sin restricción alguna, ya que me lo contó personalmente cuando hable con él y también que a él nunca le han dicho nada de "unidad de actuación " ni que gaitas, y que si quieren su terreno que se lo paguen primero. ¿No se porque expropian los ayuntamientos, cuando le puede salir gratis como en mi caso, te lo "quitan" y luego cuando reclamas, te dicen que han echo una unidad de actuación sin contar con los dueños, se apropian del terreno sin pagar un duro, cambian el nombre en el catastro y robo perfecto. ¿Qué puedo hacer?

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Si no tienes el documento de dicha expropiación y toda vía no esta echa la calle. Pon una denuncia por apropiación. Pero ves a un abogado.

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Una unidad de actuación no tiene absolutamente nada que ver con un expediente de expropiación. El solar es suyo por título de herencia, así ha de inscribirlo y notificar al catastro la titularidad real, para que lo pasen a su nombre, rellenando el correspondiente modelo.

La unidad de actuación es un ecosistema, que es justamente lo contrario de una expropiación. Consiste en un grupo de propiedades sobre las que se quiere hacer una obra, unos viales o una dotación urbanística, y en la que todos los propietarios se reparten tanto cargas como beneficios (y no un solo propietario todas las cargas) por lo que el asunto que usted menciona no tiene nada que ver con la realidad.

Es lo que pienso yo, no así el aparejador del ayuntamiento que me lo repitió varias veces,   que esta dentro de una unidad de actuación, siempre oralmente negándose a dármelo por escrito según él,  esta en su derecho de no dar información al respecto.

Pida una certificación urbanística del solar. La certificación urbanística es un documento vinculante que le darán contra el pago de unos euros en tasas. No tiene ninguna trascendencia jurídica la información verbal que le den tanto en este como en ningún otro asunto. Tampoco afecta a su derecho de propiedad la calificación urbanística que tenga el solar.

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