Herencia "yacente" y cambio de cerraduras

Mis padres fallecen, y hacen el mismo testamento, dejándome la Legítima estricta a cobrar en dinero o valores:

¿Tengo derecho a mi parte del tercio de mejora, si este no se ha adjudicado a nadie?.

Somos cuatro hermanos, y los otros tres se niegan a hacer la partición, lógicamente, porque no quieren soltar el dinero que me correspondería. Uno de ellos, discapacitado, recibe a cuenta de su parte, el usufructo de todas las propiedades inmobiliarias, uno de mis hermanos consigue su incapacitación y se hace con su tutela.

A partir de ese momento, el tutor, se pone a actuar, como si ya se hubiera hecho el reparto, es decir: Hace obras, cambia cerraduras, en fin, lo que le da la gana.

¿En éste momento, cuando todavía no se ha hecho el reparto, yo tengo el mismo derecho que los demás de acceso y disfrute de los bienes inmuebles, aunque mi herencia sea en dinero o valores?. Y de ser así: ¿Mi hermano "el tutor" debe pedir autorización al resto de herederos, incluyéndome a mí, para realizar esos cambios e impedir el acceso a los demás? ¿Puedo denunciarle?.

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Tus padres solo estaban obligados a dejarte tu parte del tercio de legítimas. El de mejora se lo podían dejar a cualquiera que fuera descendiente suyo: hijos, nietos... Si se lo dejaron a otro o a otros pero ellos no han repartido, a ti no te incumbe lo que hayan hecho con su parte. Tampoco creo que tengas derecho al disfrute de inmuebles puesto que los han excluido explícitamente de tu herencia. Pero si tienes derecho a exigir que te abonen tu parte y si no atienden a razones y tienes que acudir a la justicia para conseguir que te paguen, debes solicitar que te abonen las costas.

En primer lugar, agradecerle su respuesta.

Como indicaba, el tercio de mejora no se ha adjudicado a nadie, en los testamentos ni se menciona, de ahí que interprete que deberá repartirse entre todos, yo incluido, a pesar de haberme legado expresamente la legítima estricta. ¿Puede ser?.

Todos los testamentos deben instituir un heredero. No es legal el testamento que no lo haga. Para poderte responder deberías decir que pone exactamente el testamento: quien es el heredero y que les deja a tus otros hermanos.

Yo soy heredero con la Legítima Estricta en dinero o valores, como le comenté; el remanente (esta es la palabra exacta) lo deja a mis tres hermanos a partes iguales. Por eso, al no repartirse expresamente el tercio de mejora, entiendo que me corresponde una cuarta parte del mismo, además de mi legítima estricta.

No, lo siento. Si le ha dejado la legítima estricta, el remanente es todo lo demás. No hace falta especificar si se trata del tercio de mejora o del de libre disposición, decir el remanente ya incluye los dos tercios restantes.

En este caso, si son cuatro hermanos, usted solo tiene la cuarta parte del tercio de legítima estricta.

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