Lo lamento, pero ahora aún entiendo menos.
Indica Ud. que pertenece a dos Comunidades (vivienda y parquing). Correcto.
¿Dice qué el Administrador les ha impuesto la Comunidad de garajes? ¿Qué quiere decir? Ud. pertenece a la Comunidad de garajes si es propietario de alguna plaza.
Además, ¿dice qué esa imposición ha venido a petición de una persona que no pertenece a ninguna de las dos Comunidades? No entiendo nada.
¿O quizá ha querido decir que "alguien" les ha impuesto un Administrador para la Comunidad de garajes, sin haber sido aprobado en Junta?
En cuanto a pagar dos recibos, insisto, si pertenece a dos Comunidades, es normal. Si la pregunta es por qué en un caso el concepto es "cuota comunitaria" y en el otro "provisión de fondos", en mi opinión, no tiene mayor importancia. Puede deberse, simplemente, a que en un caso paguen Uds. a período vencido y, en el otro, por adelantado. La diferencia entre ambos, en ese caso, sería la fecha de vencimiento.
¿Me confirma Ud. que el Administrador, en ambas Comunidades, es el mismo?