¿Puedo desvincularme de un condominio?

Hace ventitrés años adquirí una vivienda y dos plazas de garaje/trastero debajo de esta, en una urbanización de siete edificios independientes y con sus correspondientes garajes en las bajeras de los mismos. Aunque en escrituras vienen los metros cuadrados totales de cada plaza y por los cuales pagamos, de estos tenemos que ceder un trozo de cada plaza como vial para servidumbre de paso a los otros propietarios, las plazas son independientes unas de otras, cerradas y con puerta individual (respetando la parte de servidumbre). En los dos primeros edificios se puede acceder directamente a cada plaza desde la calle ya que este vial de servidumbre esta abierto (es donde están mis plazas) no así en los siguientes edificios donde las plazas están bajo cota cero. Como todo el que quisiera circulaba, encendían el alumbrado y aparcaba entre rincones en el vial y por la cara, hace cuatro años se constituyó como condominio de propietarios de las plazas de garaje y se contrató a un Administrador de fincas para tal, se estableció una cuota por plaza de garaje y acto seguido se cambio en su totalidad la instalación eléctrica se sustituyeron bajantes de pluviales de cubiertas que estaban en mal estado por golpes de vehículos, se repararon zonas desgastadas del suelo, pero del cierre del vial se quedó en caldo de borrajas. En mayo de este año se aprobaron los estatutos donde entre otras cosas se refleja que se prohíbe aparcar vehículos en lugares fuera de cada plaza, pero como generalmente los que aparcan donde no deben son de la urbanización bien por no tener plaza de garaje o por tener una plaza y más de un vehículo, al día de hoy esto sigue igual y aunque hay junta directiva nadie les dice nada, ni se han colocado placas donde se vea que es una propiedad particular, ni de prohibido aparcar... En resumidas cuentas un desastre. En mi opinión creo que se debía haber cerrado primeramente y luego acometer las obras y reparaciones pertinentes cosa que tenía que haber aconsejado el administrador de fincas, y por eso quiero desvincularme si es posible de este condominio no quiero seguir pagando recibos de luz ni reparaciones de una propiedad particular convertida en casi pública por malas gestiones interesadas.

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Para poder contestar necesitaría saber en que situación esta la división horizontal y obra nueva, vera le explico que según lo relatado por Vd. no queda claro, por ejemplo los garajes/trasteros, están como cuota indivisa de la vivienda, o son independientes.
Si son independientes habría que saber si existe comunidad de garajes independiente de la de viviendas.
No obstante y sin saber que dice el titulo le comento que desvincularse de un condominio de propiedad horizontal no es un tema baladí, en el sentido de que todo propietario tiene la obligación de contribuir de acuerdo a su cuota en los gastos generales, y si Vd. consiguiera desvincularse (para ello tendría que presentar ante los juzgados una demanda de extinción de condominio), y ya le comento que sin ver el titulo constitutivo no le puedo informar si esto puede hacerlo o no.
Considero que es mejor pedir responsabilidades al administrador y presidente de la comunidad y acudir a la junta de propietarios y exponer sus ideas, que el solicitar una extinción del condominio.
En primer lugar debo darle las gracias por su atención, con respecto a las dudas planteadas me explico: por una parte cada edificio tiene su propia comunidad independientemente del resto de edificios (en cuanto a viviendas)y no hay comunidad general de toda la urbanización ni nada parecido, por otra parte está la de garajes esta si comprende todos los garajes de la urbanización (de todos los edificios) pero hay vecinos que tienen vivienda pero no garaje y propietarios de garajes que no tienen vivienda. Algunos garajes están vinculados a viviendas dos por edificio (somos cuatro vecinos en nuestro edificio) pero no es mi caso mis plazas de garaje son independientes de mi vivienda.
Efectivamente como usted expone sería mejor hablarlo pero ya lo expuse en distintas reuniones y después de veintitrés años seguimos igual, será porque hay bastantes vecinos que tienen varios coches y una sola plaza de garaje y algunos ni garaje.
Difícil solución tiene su problema, ya que por lo que me cuenta es más un caso de civismo, que de propiedad, y contra eso poco pueden hacer los juzgados, yo le recomendaría que exigiera en junta de propietarios de garajes el que se tomaran medidas contra los infractores, ello lo puede hacer el administrador, enviando cartas o burofax diciendo el problema, sobre todo a los infractores, pero si estos no atienden, lamentablemente poco se puede hacer. En su caso seguir solicitando de la junta el cierre total de los garajes.
En cuanto a la extinción de condominio, yo considero que no se puede (debe) hacer, para ello habría que ver el titulo constitutivo de los garajes, y debería preguntar el importe de lo que le supondría y no obstante no se tiene ninguna seguridad en que el juzgado le atienda, sobre todo porque una extinción de condominio de parte indivisa (como supongo que son las plazas de garajes), no se puede hacer.

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