Cual es el valor del voto del constructor, en una reunión de vecinos, en la cual el constructor aún tiene pisos por vender

En una reunión de vecinos, se votó para mejorar la seguridad de la piscina. Eramos 28 vecinos. 15 votaron sí y 13 no. Entre los 13, se encuentra el constructor, que hizo valer la posesión de 30 pisos de los 100 que tiene la comunidad e indicar que su voto vale más y que por ello, la votación como resultado es, no. Quisiera saber, en que proporción vale más su voto. Así como si existe un máximo.

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Se regula por la Ley de Propiedad Horizontal. Y cada persona vota en proporción al porcentaje de propiedad. Ni siquiera es un voto por piso. En la escritura viene el porcentaje del total que tienes. Imagina que tu tienes un 0.9 % y otro tiene un 1% porque su piso es más grande, y otro tiene solo un 0,5 % y otro un 2%, etc. Cuando se vota no hay que sumar los votos sino los porcentajes.

Si este hombre tiene todavía 30 pisos, os tenéis que juntar muchos para obligarle. Pero eso es normal, porque si se aprueba hacer algo que cuesta dinero, él tendrá que pagar mucho más también.

Lo que no puede ser es que vosotros decisáis y él tenga que pagar.

Tiene razón Poliplos, pero además para una mejora que no es imprescindible se necesita el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación.

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La Ley de Propiedad Horizontal estipula que las mayorías necesarias deben alcanzarse doblemente, en cuanto a número de propietarios (1 propietario = 1 voto, con independencia del número de viviendas que posea) y de sus cuotas de participación.

El constructor, si tiene 30 pisos, tiene 1 voto y como cuota de participación tiene la suma de todas las cuotas de los 30 pisos.

En la votación que comenta, 15 a favor y 13 en contra, por número de votos gana el "sí" y por cuota, el "no". Por tanto, no se alcanzó NINGÚN acuerdo válido.

Fíjese que en todo momento, se habla de las dobles mayorías (de cuotas y propietarios):

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