Renta y libros de texto en Castilla la Mancha.

Soy profesora y me hacen en una editorial el 49% de descuento para los libros de mis hijos, pero no me dan factura. Si me dan factura el descuento es del 25%. En Castilla la Mancha la compra de libros de texto para la Educación Obligatoria desgrava, pero no logro saber si me compensa el descuento del 49% sin factura y no pedir la deducción o el del 25% y pedirla. Leo la normativa y no comprendo ¿Alguien sería tan amable de simplificarlo?. Evidentemente esto me interesa de cara al año que viene.

Declaraciones individuales: 1º. Los contribuyentes que no tengan la condición legal de familia numerosa, para los que la cantidad resultante de la suma de la base imponible general y la base imponible del ahorro menos el mínimo por descendientes autonómico se encuentre comprendida en los tramos que se indican a continuación, podrán deducirse hasta las siguientes cuantías: (Base imponible general + Base imponible del ahorro) − (Mínimo por descendientes autonómico)

Límite por hijo Hasta 6.500 euros ... 50,00 euros por hijo

Entre 6.500,01 y 10.000,00 euros ... 37,50 euros por hijo

Entre 10.000,01 y 12.500,00 euros ... 25,00 euros por hijo

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Esta es la clásica normativa que sacan los políticos para quedar bien, pero que en realidad no es lo que aparenta. Te explico, se establece la "deducción del 100% de las cantidades satisfechas para la adquisición de libros", hasta aquí todo muy bien, puesto que, en teoría, lo que te han costado los libros de lo devuelven vía declaración de renta. Pero claro, la trampa está en los límites que has expuesto, por los que, como maximo te darían 50 €. Siendo profesora con unos ingresos medio-altos seguramente te encuentres en el segundo o en el tercer tramo y sólo puedas acceder a que te den 37,50 euros o 25 euros por hijo.

Lógicamente, lo correcto, es solicitar la deducción solamente si posees la factura que la justifique. ¿Cómo saber si te interesa pedir factura o no? Cálcula el importe de la diferencia entre el importe sin factura y el importe con factura y ve si es superior o inferior al importe que te daría por la deducción en renta, y así ya averiguas si te puede interesar.

Mil gracias!!

Buenos días:

Sigo dándole vueltas al tema y me pregunto:

Mi marido  y yo estamos casados en gananciales y hacemos la declaración de forma individual. Si él gana menos que yo, ¿puede él hacer la desgravación y yo no? Porque hay más probabilidades de que él esté en un tramo inferior de ingresos y le devuelvan más. ¿O tenemos que hacerlo al 50%? Y si hay que hacerlo al 50% ¿Da igual a nombre de quién esté la factura? Gracias!!!!

El derecho a deducir es de quien satisfaga las cantidades por adquisición de los libros y lo pueda justificar. En este caso si la factura fuese a nombre de tu marido, seria él quien tendría el derecho, no habria que hacerlo al 50% aunque se esté en gananciales. Igualmente seria cuestión de hacer números para saber que es lo que más interesa.

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